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Las claves de la nueva ley de financiación de partidos que prepararon colorados y el PI y que espera el visto bueno del PN

Buscan lograr acuerdo con el Frente Amplio, de quien tomaron varias de las propuestas. Además, Cabildo Abierto aseguró que en las próximas horas presentará algunas “sugerencias”.

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Camara de Diputados
Sesion de Camara de Diputados.
Foto: Estefania Leal

Redacción El País
La nueva ley de financiamiento de partidos políticos dio este miércoles un nuevo y pequeño paso. Los partidos Colorado e Independiente presentaron una serie de propuestas para un nuevo texto y ahora, en el plazo de una semana, procurarán unificarlas con las que la semana pasada había presentado el Frente Amplio, para así poder llegar a una redacción común.

El objetivo sigue siendo tener una normativa que pueda entrar en vigencia ya para el próximo ciclo electoral. Todo dependerá de la actitud que tome el Partido Nacional, que sigue sin expresarse, aunque prometió estudiar los planteos. También de Cabildo Abierto, que aseguró que en las próximas horas presentará algunas “sugerencias”.

Los cambios presentados este miércoles fueron consensuados por los diputados Conrado Rodríguez e Iván Posada. En el texto, al que accedió El País, se plantean una serie de innovaciones. Entre otras, que los partidos podrán reclamar una contribución “mensual” de parte de personas que ocupen cargos electivos o de confianza en su representación. Esa “contribución” no podrá superar el 15% de sus haberes.

Se establece, además, que todas las transacciones o contribuciones relacionadas con el financiamiento de los partidos que superen las 4.000 unidades indexadas (UI) -hoy algo más de $ 23.000- deberán ser realizadas a través de mecanismos electrónicos. También que los precandidatos presidenciales de cada partido deban rendir cuentas de los fondos que recibieron en un plazo no mayor a 90 días a la fecha de la elección interna.

Colorados e independientes también plantean que los lemas, sectores y listas solo puedan recibir aportes o donaciones por parte de personas físicas o jurídicas, debidamente identificadas, que no sean beneficiarias a su vez de subsidios proporcionados por el Estado, o que resulten adjudicatarias de obra pública.

Para los candidatos a presidente y vice, el límite de aportes será de 1,5 millones de UI (hoy $ 8.687.700). Para senadores e intendentes el límite será de 1 millón de UI ($ 5.791.800) y para diputados 800 mil UI ($ 4.633.440). Los candidatos a alcalde, en tanto, podrán recibir aportes o donaciones de hasta 250 mil UI ($ 1.447.950).

La propuesta de Rodríguez y Posada implica que el período habilitado para este tipo de recaudaciones comenzará el 1° de junio del año anterior a las elecciones nacionales y finalizará el 30 de junio del año siguiente.

Por otra parte, se señala que las donaciones realizadas en forma anónima nunca podrán exceder el 8% de lo declarado por los partidos en sus respectivas rendiciones de cuentas.

Parte del texto está destinado a regular la publicidad electoral. Se establece que, tres meses antes del acto eleccionario, el Estado deberá cesar la propaganda oficial, salvo las campañas de bien público. Los partidos, en tanto, quedarán limitados a realizar propaganda desde los treinta días anteriores a las elecciones nacionales o departamentales, o quince días en el caso de balotajes.

Rodríguez y Posada plantean que el precio de contratación deba ser acordado previamente entre los medios de comunicación y la Corte Electoral, y deberá ser el mismo para todos los partidos políticos. Allí, una de las principales innovaciones es que se le asigna un rol a la Unidad Reguladora de los Servicios de Comunicación (Ursec), ante la cual deberán presentarse las correspondientes facturas. Ese organismo será el encargado de controlar la legalidad de las contrataciones y el precio cobrado.

En lo que refiere a los espacios gratuitos de publicidad establecidos por la ley, se propone repartir el 47,5% en forma igualitaria entre los partidos que hayan comparecido en la elección anterior y tengan representación parlamentaria. Otro porcentaje similar será distribuido entre esos mismos partidos en función de los votos obtenidos en los anteriores comicios. El 5% será para los restantes partidos. La forma en que se otorgarán los espacios gratuitos quedará en manos de la Corte Electoral, mediante sorteo. A su vez, se establece la posibilidad de que los partidos se cedan minutos gratuitos entre sí.

Los candidatos a presidente, vice, intendente, los tres primeros candidatos al Senado y los dos primeros a Diputados por cada lista deberán presentar su respectiva declaración jurada de bienes e ingresos hasta treinta días antes de la elección en la que se postulen. A su vez, cada partido tendrá un plazo de 120 días desde la fecha del cierre de cada ejercicio económico para presentar sus estados contables ante el Tribunal de Cuentas.

La base con la que los diputados venían trabajando es el proyecto de ley que el Frente Amplio había presentado a inicios de este período. Se trata en realidad de la misma iniciativa que la izquierda, entonces en el gobierno, había intentado promover en la pasada legislatura, pero que fracasó al no contar con los votos para su aprobación. Las negociaciones para una nueva ley se retomaron el mes pasado, luego de un año sin mayores novedades ante diferencias en la coalición. Cabildo Abierto depuso recientemente su actitud de no negociar una nueva ley si no se le otorgaba un lugar en la Corte Electoral.

Además

Regulación de zafrales y militantes voluntarios

La propuesta de Rodríguez y Posada establece que las personas que realicen trabajo “zafral” durante la campaña electoral para algún partido o candidato quedarán comprendidas en lo previsto por la ley que regula el Voluntariado Social. De esa posibilidad quedarán exceptuados los casos en que se pruebe que el militante tiene una relación de dependencia con alguna empresa por fuera del partido o de sus sectores. Allí, el texto presentado prevé la aplicación lisa y llana de las leyes laborales vigentes, principalmente la que establece las indemnizaciones por despido en los casos de trabajadores zafrales, a jornal o a destajo y el servicio doméstico.

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