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Elecciones departamentales 2020: ¿cuál es la función de los alcaldes o alcaldesas?

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Municipio E. Foto: Intendencia de Montevideo

MUNICIPALES

En las elecciones del domingo 27 de setiembre no solo se vota a los intendentes, también se votan los cargos de los municipios: alcaldes y concejales.

En los comicios que se celebran este 27 de setiembre se vota, por un lado, los gobierno departamentales y, por el otro, los gobiernos municipales.

En las elecciones municipales se eligen los alcaldes o alcaldesas que estarán a cargo de los gobiernos municipales o municipios.

Las listas municipales no son obligatorias a la hora de votar, a diferencia de las departamentales. No obstante, solo se puede elegir aquellas que pertenecen al municipio en donde se está registrado, de lo contrario no se computa el voto municipal, aunque eso no implica la anulación de toda la votación.

¿Qué son los municipios?

Los municipios “tienen la competencia para ejercer funciones ejecutivas y administrativas que corresponden al tercer nivel político-administrativo de gobierno”, explica la web de la Intendencia de Montevideo.

Las principales funciones de los municipios son la planificación, ejecución y mantenimiento de obras de “la red vial secundaria”, mantenimiento del alumbrado público en “calles secundarias”, limpieza de espacios públicos y áreas verdes (con un máximo de 10.000 metros cuadrados), ejecución de programas sociales y culturales, proporcionar participación institucionalizada de los vecinos a través de los consejos vecinales, entre otras funciones.

La ley N°18.567, aprobada en 2009 y denominada“descentralización política y participación ciudadana”, determinó que debe haber una “autoridad local” llamada municipio, que funciona como “tercer nivel” de gobierno y de administración.

El artículo 5 de esa ley propone que estos gobiernos instrumenten la “participación activa de la sociedad en las cuestiones del gobierno local”, por lo que cada municipio debe crear ámbitos necesarios para que la población pueda participar.

Los municipios están compuestos por cinco miembros electivos. Los integrantes de la Junta Departamental o los intendentes no pueden formar parte de los municipios.

¿Y el alcalde o alcaldesa qué función cumple?

El titular de la lista más votada del lema más votado dentro de cada municipio será el alcalde o alcaldesa de ese gobierno local. Los demás miembros de esa lista trabajarán en el municipio bajo el cargo de concejales y, según la ley, esos cargos son de carácter honorario (no así el alcalde).

Quien es elegido como alcalde o alcaldesa debe presidir las sesiones del gobierno municipal. También debe hacer cumplir -y cumplir- la normativa municipal y departamental, representar el gobierno municipal, dirigir la actividad administrativa de ese municipio, entre otras funciones.

¿Cuánto gana un alcalde?

El sueldo de un alcalde o alcaldesa varía según el departamento.

Estos son algunos de los sueldos de estos cargos en cada departamento: 

-Maldonado: $122.659
-Canelones: $112,110 primer nivel, $90.270 segundo nivel, $79.339 tercer nivel
-Rivera: $91.113
-Colonia: $66.465
-Paysandú: $97.912
-Lavalleja: varía entre $108.423 y $118.582, dependiendo el municipio
-Florida: $117.304
-Flores: $56.533
-Salto: $84.265

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