Redacción El País
En la conferencia de prensa que convocó este martes el presidente del Instituto Nacional de Colonización (INC) para dar detalles sobre la polémica compra de la estancia ubicada en Florida, Eduardo Viera indicó había hablado sobre la posibilidad de esta adquisición con José Mujica, fallecido el pasado martes 13 de mayo. Y aseguró que el exmandatario recomendó que el organismo procediera a comprar el campo campo de 4.400 hectáreas (una estancia llamada María Dolores), por unos US$ 32,5 millones, con el objetivo de que allí se instalen productores lecheros.
"No fue que se compró porque había fallecido Mujica, coincidió la fecha", comenzó diciendo Eduardo Viera en diálogo con los medios. "Habíamos hablado con él, (le preguntamos) qué le parecía esta compra". Y "lo primero que dijo" el líder y fundador del Movimiento de Participación Popular, agregó Viera, fue que esa compra "era una muy buena opción".
"Se alegraba que Colonización estuviera en esa dirección, y que si lo compraba un empresario exitoso del Uruguay (en referencia al productor frigorífico que ofertó en primera instancia) era porque era un buen negocio", dijo también Viera.
El debate por la condición de colono
Además de cuestionar la compra por razones de oportunidad, precio y forma, la oposición también está criticando por estas horas a Viera por ser colono y al mismo tiempo dirigir el INC, un dato que no incorporó en su currículum cuando su caso fue analizado por el Senado antes de votar la venia correspondiente.
Pero Viera igualmente dijo que "el hecho de que sea colono" no implicaba que esa información tuviera que "ser incluida en un currículum". "El currículum dice cuál es mi actividad y qué es lo que he hecho", apuntó. "Todo el mundo sabía que soy colono", añadió.
Sobre el tema de fondo, dijo: "Soy colono, lo dije desde siempre, soy orgullosamente colono. Para estar seguro en su momento me asesoré jurídicamente por el famoso artículo 200 de la Constitución. Nada tiene que ver, no soy funcionario, soy un arrendatario".
Esto en relación a la inhibición de la carta magna, que afirma lo siguiente: "Los miembros de los Directorios o Directores Generales de los Entes Autónomos o de los Servicios Descentralizados no podrán ser nombrados para cargos ni aun honorarios, que directa o indirectamente dependan del Instituto de que forman parte".
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