La Suprema Corte de Justicia aceptó el pedido de la Fiscalía y le sumó un delito al exdirector Nacional de Seguridad Rural, Willard González, quien ya estaba imputado por un delito de revelación de secretos agravado. A partir de esta sentencia de la corporación, a la que accedió El País, se le suma, además, la imputación por omisión del funcionario público a denunciar delitos. Esto ocurrió en la causa en la que también está imputado el exjefe de Policía de Tacuarembó, Jhon Saravia.
A este último se lo investiga por, presuntamente, haber brindado información sobre un operativo que buscaba atrapar a un hombre que se dedicaba a la faena clandestina. Según la tesis fiscal, un allegado a este hombre llamó a Saravia y le pidió datos. Él hizo averiguaciones, se enteró que el operativo lo lideraba la Dirección Nacional de Seguridad Rural, y le advirtió que tenía el objetivo, que había sido recientemente detenido, y que tenía el teléfono interceptado.
A González lo acusan de que, si bien fue informado por sus subalternos de que había quedado grabada una llamada entre el hombre que se dedicaba a la faena clandestina y su allegado, diciendo que Saravia les había dado información, decidió no denunciarlo. El caso salió a la luz cuando, tiempo después, un oficial de policía le entregó a la Fiscalía el contenido total de las escuchas telefónicas. Eso no suele suceder, puesto que solo se les proporciona lo que se considera útil para la causa.
En ese momento, la Fiscalía pidió información del histórico de llamadas y constató que existió una conversación de tres minutos entre González y Saravia.
Tanto la jueza de primera instancia, Yamel Tabárez, como los ministros del Tribunal de Apelaciones de 2do Turno, Ricardo Míguez, Beatriz Larrieu y Daniel Tapié, habían negado imputarle la omisión del funcionario público de denunciar delitos. Tomaron como válidos los argumentos de la defensa de que González había dejado su cargo de policía meses antes de asumir como Director Nacional de Seguridad Rural y que ese es un cargo civil. A su vez, lo que eventualmente ocurrió no tuvo efectos directos en su repartición, puesto que el hombre que realizaba la faena clandestina fue condenado de todas maneras.
Esto fue controvertido por la Fiscalía de Paso de los Toros al interponer un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia. “De dar por válido este razonamiento se llegaría al absurdo, de que todos los policías que dependían del imputado González como su jerarca máximo, le hayan puesto en conocimiento nada más ni nada menos de que presuntamente el jefe de policía de Tacuarembó había relevado información reservada a un particular, y esta omisión de denunciar por parte de González quede impune por el simple hecho de que no le aplicara el estatuto de funcionario público porque es un oficial superior retirado”, sostuvieron.
La Suprema Corte coincidió con la Fiscalía en que, en esta etapa del proceso, corresponde la imputación por la omisión de denunciar delitos. Aseguraron que de la “recta lectura” de la ley se puede concluir que son pasibles de cometer este delito los jueces, y “funcionarios policiales y demás funcionarios, en las mismas circunstancias”. Si bien entienden, como lo hizo el tribunal, que González no era funcionario policial, sí quedaría comprendido dentro de la categoría de “demás funcionarios”.
El estándar
Al analizar el caso, la Corte recordó que aceptar sumar un delito en esta instancia significa que no existe "atipicidad manifiesta". Es decir, no es evidente la inexistencia de delito. Ahora, la investigación seguirá avanzando y se definirá en un juicio oral si el delito se cometió o no.
Meses atrás, la Corporación había aceptado imputar a Saravia por revelación de secretos, luego de que el tribunal lo hubiera desestimado. El exjefe negó haber dado la información.
Durante 2024, tanto Saravia como Rodríguez presentaron la renuncia a sus cargos a raíz de la investigación.