Le decían “enana”, “Liliput”, la escondieron atrás de un mueble para no verla y ella hizo juicio a IMM

Intendencia de Montevideo. Foto: Archivo El País.

RECLAMO POR DISCRIMINAR

Pidió US$ 100.000 como indemnización y no los ganó porque la comuna sancionó a jerarca discriminatoria.

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Liliana M. sufre de hipocrecimiento y desde hace 20 años padece lupus eritematoso sistémico (LES), una enfermedad crónica en la que el sistema inmunitario del paciente ataca la piel, riñones, articulaciones, pulmones y el sistema nervioso.

En 2008, Liliana concursó para un llamado en la Intendencia de Montevideo (IMM) para auxiliar de atención al público. Un año más tarde, fue contratada y poco después presupuestada. Comenzó a trabajar en la División Artes y Letras del Departamento de Cultura efectuando la atención telefónica. También sus funciones implicaban llevar expedientes, colaborar con los concursos literarios anuales, ser guía de delegaciones de otros países que recorren la ciudad, entre otras.

Su baja estatura no obstaculizó su trabajo. Tuvo distintos superiores que se mostraron muy conformes con el desempeño de sus tareas. Pero todo cambió en 2012. La nueva encargada de la oficina comenzó a dirigirse hacia Liliana con expresiones discriminatorias que atentaban contra su estabilidad emocional y física.

La nueva jefa le dijo a Liliana que no deseaba contar con personas enfermas en su oficina y que debía cumplir tareas en un lugar para discapacitados. A partir de esa conversación, la nueva jefa le sumó a las hostilidades la no asignación de tareas y, además, señalaba en forma pública que sus compañeros de trabajo eran mejores que ella. Le retiró la llave de la oficina aduciendo un hecho falso que había ocurrido un día sábado, lo que nunca sucedió.

Luego de que ingresara a la dependencia otro funcionario la obligó a dejar el escritorio disponible debiendo reubicarse en la oficina en otro lugar. Y dada su baja estatura y porque su nombre es Liliana, la jefa comenzó a llamarla “Liliput”. Es decir, la jerarca utilizaba una expresión ofensiva, descalificante e injuriante que atentó contra su moral y estado anímico.

Un día, la jefa de la sección no dejó a Liliana almorzar y por ello la afectada decidió poner en conocimiento del Departamento de Salud Ocupacional de la IM los hechos que ocurrían en el Departamento de Cultura.

A partir de ese momento, Liliana se sintió discriminada en la Intendencia de Montevideo. Efectuó una denuncia ante la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo, ante la Inspección General del Trabajo y Seguridad Social del Ministerio de Trabajo.

El expediente administrativo finalizó en 2014 con una sanción a la jerarca discriminadora de tres meses de suspensión sin goce de sueldo.

Luego de esa resolución de la IM, Liliana se presentó en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 1er Turno a presentar una demanda por daños y perjuicios contra la comuna capitalina por acoso laboral de su superiora.

En la Justicia, Liliana afirma que la intendencia es responsable por no brindar un trato igualitario a todos sus trabajadores. Y entiende que la prueba se acreditará por el hecho de que la jefa mantuvo durante más de dos años actitudes de hostigamiento hacia ella causándole “graves aflicciones físicas y psicológicas”.

En su escrito, Liliana advierte que los hechos que padecía en su lugar de trabajo le generaron graves trastornos de su enfermedad y reclama a la IMM US$ 100.000 más intereses.

Réplica

Al contestar la demanda, la Intendencia de Montevideo expresa que controvierte todas las expresiones brindadas por Liliana en el juicio.

Transcribe parte de la demanda y dice que hay un punto que no es menor, es que el gobierno departamental dictó una resolución el 4 de diciembre de 2012 disponiendo que Liliana pasara a cumplir tareas en el Centro de Exposición (SUBTE) y otras salas. Liliana, a su vez, entendió que no correspondía ese traslado y lo objetó. “Es injusto”, dijo.

La Intendencia de Montevideo hizo lugar a esa objeción y la dejó sin efecto. Otra decisión de la comuna determinó que Liliana retomara sus tareas en la sección de Artes y Letras.

Por otra parte, una resolución municipal fechada el 22 de febrero de 2013 encomendó a la Unidad de Sumarios realizar una investigación administrativa que derivó en una sanción para la jerarca que discriminaba a Liliana por su altura.

“La funcionaria (Liliana) realizó las denuncias y la Intendencia las recogió ajustando su comportamiento a derecho. En suma, Liliana fue atendida varias veces por el Equipo de Salud y Seguridad Ocupacional de la Intendencia de Montevideo, pero el expediente se demoró por las licencias de los funcionarios expresando que la víctima registró 100 inasistencias durante 2012 y 89 durante 2013”, expresa la comuna según el fallo al que accedió El País.

Destaca que la sanción de tres meses de suspensión sin goce de sueldo aplicada muestra que la intendencia actuó conforme a la normativa.

La comuna capitalina también sancionó a la jerarca denunciada por el envío de correos electrónicos agraviantes hacia funcionarios del Servicio de Artes y Letras, por lo que efectuada la denuncia de los agraviados, la Intendencia realizó las investigaciones de rigor y posteriores sumarios sancionando a la responsable y cesándola del cargo de Dirección.

En cuanto al daño moral reclamado por Liliana, el gobierno departamental sostiene que actuó conforme a derecho.

“La intendencia no tuvo una actitud indiferente ni toleró la situación, sino que investigó, sumarió y sancionó a la funcionaria (la jefa de Liliana) y dejó sin efecto, a partir del 1 de marzo de 2013, la asignación de las tareas y responsabilidades (para esa persona)”, sostuvo el escrito de la Intendencia.

Advierte que en el caso inesperado de condena a favor de Liliana, la misma se deberá establecer en función del Código General del Proceso (CGP), porque la demandante no ha practicado liquidación alguna que acredite cómo llegó a la suma de US$ 100.000 por daños.

Finalmente, la Intendencia de Montevideo solicita que se desestime el reclamo.

El 10 de mayo de este año, el juez de Concurso de 1er Turno, Gabriel Ohanián, tras escuchar a ambas partes, desestimó la demanda contra la IM porque esta tomó medidas y sancionó a la jerarca que incurrió en actitudes discriminatorias.

“Le puso un mueble para no verla; no quería trabajar con enfermos”

El juez de lo Contencioso Administrativo señala que la prueba llevada al juicio hace suponer que es indudable que la funcionaria municipal Liliana padeció acoso laboral por parte de su superior jerárquico.

Los testimonios son elocuentes: “La actora (Liliana) padeció una situación especial en la intendencia. La situación fue un acoso laboral, un maltrato”, dijo un testigo.

Otro señaló: “Liliana sufrió acoso. Le decían de todo. Era imposible trabajar. Le decían “Enana”. Además no la llamaban por su nombre sino que la llamaban “Liliput”.

Otro testigo dijo que el maltrato consistía en que “le pusieron un mueble delante para no verla, porque no le gustaba (a la jefa) trabajar con gente enferma. Le hacían decir que no estaba y luego le decían mentirosa”.

Según el dictamen judicial, la administración tuvo acreditado que la jefa de Liliana la “maltrataba en forma permanente”, “descalificándola, humillándola” y, en definitiva, configurando una situación que califica como “acoso laboral”. Según el juez, ello surge de una resolución en 2014 que sancionó a la jefa con tres meses de suspensión sin goce de sueldo.

En dicha resolución se señala: “la funcionaria (jefa) ha incurrido en responsabilidad administrativa” debido a que “descalificó y humilló en reiteradas ocasiones” a una empleada “mediante destratos y exclusiones en el trabajo y en el grupo humano que integraba la oficina”.

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