Contenido de la reunión “personal” entre Penadés y la jueza del caso fue declarado reservado por la Justicia

La jueza de primera instancia entendió que no debe otorgarse porque vulneraría la privacidad de Penadés y el tribunal consideró que su decisión era inapelable.

Juicio a Gustavo Penadés.
Juicio a Gustavo Penadés.
Foto: Archivo El País.

¿Secretismo o privacidad? ¿”Contrario a derecho” o apegado a los pactos internacionales? Esas preguntas ocuparon meses de escritos que circularon entre los abogados implicados en el caso Penadés y la jueza Marcela Vargas. Todo lo desató una reunión privada por “motivos personales” que tuvo el exsenador con Vargas, haciendo uso de su derecho a hablar con ella en cualquier momento del proceso. El encuentro, que pasó por debajo del radar, fue informado por El País cuatro meses después de se diera y eso motivó que los defensores de la mayoría de las víctimas pidieran conocer su contenido, pero este fue declarado reservado por la propia jueza y el Tribunal de Apelaciones.

En la reunión, ocurrida a fines de diciembre de 2024, estuvieron presentes la jueza, Penadés y al menos uno de sus defensores, que son Laura Robatto y Homero Guerrero. Uno de los roles de los jueces de garantía -como en este caso es Vargas- es corroborar que los derechos de los imputados estén siendo preservados y sus condiciones carcelarias sean acordes. Por eso deben oír al imputado siempre que quiera expresarse y reunirse si así lo solicitan. Pero, ¿pueden hacerlo a solas y sin avisar a las otras partes?

La Justicia concluyó que sí, contrario a los argumentos que expusieron los abogados del Consultorio Jurídico de la Universidad de la República (defensores de 10 víctimas), quienes consideraron que no se respetó su derecho a tener “conocimiento de toda la información que se encuentre dentro del proceso”.

La reunión fue grabada en audio por el sistema del Poder Judicial -como también ocurre en las audiencias- y su existencia está documentada en uno de los expedientes del caso, pero no en el principal sino en una de las piezas (subexpediente) en donde la defensa de Penadés pidió otros actos reservados. Esto significa que a esa pieza solo tienen acceso ellos y la jueza, que es quien debe decidir si hace lugar a sus pedidos o no. Por este motivo, ni la Fiscalía ni otros participantes del proceso se enteraron de la reunión en el momento en que ocurrió.

Los titulares del consultorio, Juan Raúl Williman y Soledad Suárez, presentaron un escrito en el juzgado posterior a la publicación de El País. Señalaron que cuando trascendió la información le pidieron a uno de sus alumnos colaboradores que retirara el audio del encuentro, pero la actuaria se negó diciéndole que estaba reservado, aunque no le exhibió el decreto correspondiente porque no se le había pedido permiso a la jueza para hacerlo. Luego, agregaron, Vargas les dijo que no estaba reservado, pero que “por tratarse de temas personales del imputado era necesario presentar un escrito” y por eso lo hacían.

Así, argumentaron que lo que ocurrió “no hace a la transparencia propia de un Estado democrático donde se debe respetar el derecho de acceso a la justicia que ostentan las víctimas, que comprende el conocimiento de toda la información que se encuentre dentro del proceso”.

A esta solicitud no contestó inicialmente la jueza del caso porque estaba de licencia. La primera respuesta la dio el juez Diego González Camejo, quien la suplantó en ese momento. Él resolvió que como no existía reserva, correspondía entregar el audio del encuentro.

Esa entrega nunca se concretó porque los abogados de Penadés impugnaron la decisión. Robatto y Guerrero argumentaron que la reunión fue pedida por ellos con la condición de que fuera “de carácter privado” y si no hubiera sido aceptada en esos términos, no se habría llevado a cabo porque Penadés se hubiera negado. Además, hicieron hincapié en que la víctima no es parte formal del proceso por lo que no tiene “legitimación” para pedir lo que solicitó.

Juicio por caso Penades
Gustavo Penadés.
Foto: Francisco Flores

A su vuelta, Vargas falló a su favor. Entendió que la reunión se trató de “un planteo personal formulado por el imputado en pieza reservada” y que, además, las defensas de las víctimas ya conocían el contenido porque lo que Penadés dijo en el encuentro lo había reiterado en una audiencia judicial transmitida por streaming el 2 de junio. En esa oportunidad Penadés declaró por primera vez y durante varios minutos habló sobre su preocupación “ya a esta altura en términos alarmantes, por el estado de indefinición” en que dijo sentirse.

“Yo soy inocente hasta que se demuestre lo contrario (...) hemos escuchado hablar de que yo vengo violando gente desde hace 30 años a la fecha, lo cual es una rotunda mentira que yo voy a demostrar en el juicio”, expresó y agregó: “Estoy cansado de que se hable de mi poder, cuando yo desde el mes de agosto del año pasado no gozo de mis fueros y en el mes de octubre de 2023 fui expulsado como senador”. Los abogados de las víctimas se mantuvieron en su posición. Le pidieron a la jueza que lo reconsiderara o, en su defecto, que lo analizara un tribunal de apelaciones.

En esa oportunidad, afirmaron que la reunión entre Vargas y Penadés fue “contraria a derecho” porque se debió convocar a todas las partes y aseguraron que no proporcionar el audio es de un “secretismo incompatible con el modelo acusatorio”. Además, se preguntaron por qué se niega el acceso a un audio en el que supuestamente se dice lo que ya manifestó el imputado en audiencia pública.

En su nuevo fallo, la jueza Vargas indicó que los motivos de la conversación son “cuestiones concernientes al fuero interno” de Penadés y rechazó nuevamente entregar el audio.

La magistrada enfatizó que no desconoce que Penadés fue senador, pero “privar al imputado de sus derechos por provenir de segmentos sociales privilegiados” sería “violatorio del derecho penal liberal y humanista”. Y destacó especialmente que la audiencia fue por “motivos personales” que no están “vinculados a los hechos qeu se investigan”.

Juicio a Gustavo Penades
Juicio a Gustavo Penadés.
Foto: Estefanía Leal

El Tribunal de Apelaciones de 4º Turno zanjó la discusión esta semana, aunque sin ingresar al fondo del asunto. Estuvo de acuerdo con la defensa del exsenador en que las víctimas no tenían derecho a apelar la decisión. De esta forma, quedó firme el decreto que les niega acceder al contenido de la reunión.

El trasfondo jurídico en el debate por el audio reservado

La discusión sobre si las víctimas debían acceder al contenido de la reunión entre Penadés y Vargas se centró en un debate jurídico. Para el Consultorio Jurídico de la Udelar, se violó el artículo 66.2 del Código del Proceso Penal que establece que el imputado puede declarar ante el juez siempre que quiera, pero a esa audiencia “deberán concurrir todas las partes”. No es “facultad discrecional” del juez decidir qué litigantes convoca, afirmaron, y lo ocurrido “compromete gravemente la transparencia del proceso”.

Robatto y Guerrero replicaron que la audiencia fue reservada y que, por ley, la víctima solo puede colaborar con Fiscalía y apelar si una decisión la afecta directamente, que no es el caso.

Vargas citó normativa internacional y sostuvo que no se aplica el artículo mencionado por las víctimas porque se habló de temas personales, no del proceso. Los ministros Luis Charles, Adriana De los Santos y Gabriela Merialdo coincidieron con la defensa en que el tema analizado “no se trata de una cuestión o aspecto de repercusión indudable sobre la víctima”, por lo que no la afecta directamente, perdiendo así su derecho a apelar. Así, quedó firme la decisión de Vargas.

¿Encontraste un error?

Reportar

Temas relacionados

Gustavo Penadés

Te puede interesar