El abogado Daniel Hugo Martins consideró que la intimación que realizan los inspectores a los conductores es ilegal. Según el jurista, en Derecho se considera "inversión de la carga de la prueba": quien debe probar que el domicilio declarado no es real, es la Intendencia.
Esta afirmación se encuentra contenida en un conjunto de respuestas a un formulario que le enviara el edil nacionalista Daniel Graffigna, quien pretende interpelar en la Junta Departamental al director de Tránsito y Transporte de la Intendencia, Gerardo Urse.
El abogado recuerda que el artículo 9º de la ley, habilita a las intendencias a aplicar sanciones, pero que el inspector no puede colocar esas multas, lo cual ya ha sido previsto por la comuna capitalina. Sin embargo, el inspector sí cobrará su porcentaje en caso que las multas se hagan efectivas.
Martins ha sido muy crítico sobre la ley, que considera vulnera la autonomía municipal.