Estado pierde un juicio que pudo haber evitado

PABLO MELENDREZ

Solamente haciendo las cosas un poco mejor, el Estado se ahorraría una importante cantidad de demandas judiciales en su contra. Es que, en muchos casos, los juicios contra dependencias oficiales son el producto de errores u omisiones de las autoridades absolutamente evitables.

Como consecuencia de la gran cantidad de reclamos iniciados contra el Estado, desde hace varios años, el Poder Judicial cuenta con juzgados exclusivos para atender esos casos: las sedes de lo Contencioso Administrativo. Actualmente hay cuatro jueces en esa materia, y los asuntos que les llegan son muy variados, pero siempre tienen como hecho generador una presunta responsabilidad civil de un organismo oficial.

Un caso bastante singular fue el que presentó un fotógrafo contra el Ministerio de Turismo y Deporte al que reclamó una indemnización de US$ 70 mil por los daños causados por la secretaría de Estado al haber utilizado sin su autorización una fotografía que él había tomado.

Todo se inició en 2006, cuando el demandante concurrió a una sucursal del Banco República y apreció, sobre un escritorio, un almanaque de una empresa privada que tenía una foto en la que un hombre y un caballo bebían agua de una cañada. La imagen había sido captada por el fotógrafo en un establecimiento rural de Salto en enero de 1998.

Cuando el fotógrafo observó el almanaque con mayor detenimiento, se dio cuenta de que debajo de la imagen una leyenda que informaba: "Fotografía: gentileza del Ministerio de Turismo y Deporte (Uruguay)". Luego constató que la fotografía también se encontraba disponible en la página web de la secretaría de Estado, en el marco de las campañas publicitarias bajo el slogan de "Uruguay Natural".

El fotógrafo reclamó una indemnización al Ministerio de Turismo. Valuó la imagen en US$ 1.500, ya que por ella obtuvo menciones en concursos locales de fotografía. Y, según lo que prevé la Ley de Derechos de Autor, solicitó una indemnización diez veces mayor a su valor original. Adicionalmente, reclamó un resarcimiento por "daño moral" de US$ 55 mil.

El Ministerio alegó que a causa de un error en la base de datos de imágenes, se entendió que la fotografía había sido cedida por un privado, ya que existía otra muy similar sobre la cual la secretaría de Estado sí tenía sus derechos de uso en tal condición. Además, negó que se haya actuado con mala fe o con intención de perjudicar al demandante, por lo que pidió que se desestimara la demanda.

Sin embargo, un juez de lo Contencioso Administrativo opinó que existió un daño para el fotógrafo, e hizo lugar parcialmente al reclamo, ya que determinó los perjuicios causados por violación de la Ley de Derechos de Autor en US$ 2.500, y descartó la indemnización por presunto "daño moral".

En la sentencia de primera instancia, el juez explica que el Ministerio "obtuvo y utilizó la fotografía original" de la cual el autor es el demandante. "Al haberse obtenido la obra sin contraprestación por parte de la demandada y a su vez, sin aquilatar en forma fehaciente el origen de su autoría, indudablemente presupone un actuar omiso por parte del Estado", sostiene el fallo.

Al filo de la Ley

Fotógrafo ganó juicio a Turismo

Ficha

Juzgado de lo Contencioso Administrativo de 3° Turno

Juez: Pablo Eguren.

Fecha: 10 de marzo de 2010.

Situación: fotógrafo demandó al Ministerio de Turismo por uso de una fotografía sin autorización.

Fallo: hizo lugar parcialmente al reclamo del fotógrafo, y condenó al Ministerio de Turismo y Deportes a indemnizarlo con US$ 2.500.

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