A partir de la nueva ley sobre el seguro por desempleo, quedarse sin trabajo a los 50 años ya no será algo tan traumático. El Parlamento mejoró la cobertura para los que tienen mayores problemas de reinsertarse en el mercado laboral.
Esta ley fue votada por unanimidad en el Parlamento y modifica varios artículos del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981. Sus puntos principales son:
1. Extensión.
La ley permite un seguro de paro de un año, en lugar de seis meses, para los trabajadores que al momento de ser despedidos tengan 50 o más años.
2 . Prestaciones.
Ley crea un sistema de prestaciones decrecientes, que tiene como objetivo incentivar la búsqueda de empleo y permitir un mejor ingreso durante los primeros meses de desempleo. A partir de la vigencia de esta ley, se redistribuirá el monto de la prestación en seis meses cobrándose más el primer mes y así en forma decreciente. Hoy se cobra una prestación uniforme durante todo el período de 50% del sueldo, que es del 70% para las personas con familia a cargo. Ahora, se redistribuirá el mismo monto en seis meses para los casos de despido, subiendo la prestación en los primeros tres meses. Así, un trabajador despedido cobrará el primer mes el 66% del salario promedio de los últimos seis meses, o del 79% de su sueldo, según tenga o no familia a cargo. El porcentaje baja, hasta llegar al 40%, en el sexto mes.
3. Cese temporal.
En caso de suspensión temporal de la actividad laboral, como por ejemplo cuando el trabajador pase al seguro de desempleo por cese transitorio de una producción, y no en un caso de despido, la persona cobrará un monto mínimo mensual que subirá de 0,5 BPC a 1 BPC, o sea de $ 887 a $ 1.775. El máximo sigue en 8 BPC ($ 14.200) para estos casos de suspensión de actividad.
4. Fuera de plazo.
En cuanto a las solicitudes de seguro por desempleo presentadas fuera de plazo (luego de 30 días de configurada la causal), actualmente hace caducar el derecho. Pero ahora se establece que sólo se perderá el o los meses transcurridos. Para tener derecho al beneficio hay que trabajar al menos un año, aunque la ley establece un plazo de 30 meses "para actividades que así lo justifiquen".
5. Seguro parcial.
Se prevé el pago de un seguro de desempleo parcial cuando el trabajador multiempleado vea reducida su actividad. Se trata de los casos de pérdida de uno de los empleos. El monto de la prestación mensual en este caso, será la diferencia entre el subsidio que le correspondería al haber sufrido la pérdida total de su único ingreso y lo que continúe percibiendo en el empleo que conserva.
6. Épocas de crisis.
Asimismo se prevé un aumento de la prestación de desempleo de acuerdo con las condiciones macroeconómicas del país. Se le da la facultad al Poder Ejecutivo para aumentar los meses de prestación en los casos de despido cuando la economía atraviese por una fase recesiva.
Un año de debate
El proyecto sobre seguro de paro fue enviado al Parlamento luego de un proceso de más de un año en el Diálogo Social por la Seguridad Social, y el análisis de un grupo que integraban los ministerios de Trabajo, Salud, Economía y Desarrollo Social y el BPS. Se convocó a jornadas de análisis en base a un estudio de 2006, financiado por el Banco Mundial y realizado por las economistas Verónica Amarante y Marisa Bucheli.