Caso de Amaral García fuera de la Ley de Caducidad

Secuestrado en 1974, sus padres fueron asesinados

El Poder Ejecutivo excluyó de la Ley de Caducidad el caso de Amaral García Hernández, quien en 1974 fue secuestrado en su domicilio en la ciudad de Buenos Aires junto con sus padres Floreal García y Mirtha Hernández.

Una resolución del Poder Ejecutivo dada a conocer ayer acoge un exhorto presentado en el año 2006 por el cual se solicitaba que el Poder Ejecutivo interpretara si ese caso estaba comprendido por la caducidad de la pretensión punitiva del Estado, establecida en el artículo primero de la ley 15.848.

Tras estudiar la situación, el Poder Ejecutivo interpretó que "los mandos (militares) que impartieron las órdenes a los funcionarios subalternos" que secuestraron al matrimonio García-Hernández y su hijo Amaral, "no están comprendidos dentro de la caducidad penal" que determina la ley de 1986.

Al llegar a esta conclusión, el Poder Ejecutivo remitió al Poder Judicial las actuaciones para que se sustancie la instrucción pertinente.

Amaral García, a sus 13 años de edad, fue ubicado por las Abuelas de Plaza de Mayo y recuperado gracias a acciones llevadas a cabo por el entonces senador Germán Araújo y sus tíos paternos.

En el mes de julio de 1985 se iniciaron los trámites judiciales para su restitución a su familia. Desde ese año, García vive en Uruguay.

Sus padres fueron asesinados en 1974 en Uruguay, según el libro A todos ellos, un informe escrito por familiares de uruguayos detenidos desaparecidos. Según esta publicación, los cuerpos del matrimonio García-Hernández aparecieron junto a los de otros tres detenidos desaparecidos aquel año.

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