A. NOGUEIRA Y A. RODRÍGUEZ
Con los fundamentos del catedrático de Derecho Público, Horacio Cassinelli Muñoz, el ministro de Economía, Danilo Astori, afirmó ayer que tanto las pasividades como los salarios pueden ser gravados por el IRPF.
Flanqueado por el presidente del Banco de Previsión Social, el director por los pasivos en el organismo recaudador, Geza Stari, el director nacional de Rentas, Nelson Hernández, y el propio Cassinelli, Astori dijo que "no hay ninguna inmunidad constitucional que ampare a las prestaciones salariales y a las pasividades como parte del cómputo que sirve de base al cálculo del IRPF".
Un escrito de Cassinelli -profesor de Derecho Público de la Universidad de la República desde 1967 y también catedrático de Ingeniería Legal de ese centro de estudios desde 1960-, afirmó que la ley de reforma tributaria (N° 18.083) no es inconstitucional.
"No hay norma constitucional explícita o implícita que garantice inmunidad tributaria de prestaciones salariales, pasividades o prestación semejante", señaló el informe de Casinelli.
Astori consideró que "este informe constituirá para la Suprema Corte de Justicia un insumo importante antes de tomar una decisión, como lo será la propia resolución de la Suprema Corte acerca de la constitucionalidad del gravamen a las retribuciones personales sobre las pasividades que tomó en el pasado", señaló el ministro aludiendo a un fallo de 1997 en el que el máximo tribunal desestimó una acción de inconstitucionalidad contra el Impuesto a las Retribuciones personales (IRP).
Renta e ingreso. El informe de Casinelli no incursiona en uno de los argumentos centrales de las acciones que se acumulan a decisión de la SCJ: que la pasividad no es una renta y por tanto no puede ser gravada, ya que quien la percibe lo hace a manera de una prestación por los aportes realizados a lo largo de su vida laboral y no por una actividad económica. Se señala, incluso, que el pasivo no puede legalmente trabajar para compensar la merma de su ingreso por el nuevo impuesto.
"La renta, en la tradición tributaria uruguaya, está tomada en el sentido de ingreso y compuesto por ingresos de diferentes orígenes, a su vez, computables en términos brutos o en términos líquidos", explicó Astori. "No conozco a ningún impuesto a la renta en el mundo que exonere a las pasividades como componente del cómputo", agregó.
Sin restricción. Cassinelli abunda en su escrito sobre el artículo 67 de la Constitución y señala que los aportes obreros, patronales u otros tributos que se destinan al financiamiento del régimen de jubilaciones y pensiones no pueden destinarse a otros fines que no sean esas prestaciones.
Sin embargo, el jurista señala que sí pueden aplicarse a los referidos en el inciso primero del artículo, por ejemplo, las prestaciones de maternidad, seguro de desempleo, asignaciones familiares, etc.
Asimismo, Cassinelli sostuvo que la potestad tributaria de la Administración no está restringida por norma alguna "cuando el hecho generador sea un ingreso financiero total o parcialmente integrado por una asignación de pasividad".
"Ingresado el importe de la jubilación o pensión al patrimonio del contribuyente, la situación económica resultante puede configurar un hecho generador de tributo", señala. "En ningún momento establece la constitución que el ingreso a título de jubilación o pensión sea inmune a la potestad tributaria del Estado", concluye.
Datos de 230.255 cotizantes
Al 15 de agosto el BPS recibió la información sobre deducciones (formulario 3100) de la totalidad de las empresas esperadas (fueron estimadas en unas 20 mil), dijo el organismo recaudador en su resumen informativo de su última sesión de directorio de la pasada semana. Concretamente, enviaron la información 21.231 empresas con datos de 230.255 cotizantes, un 78% de los trabajadores esperados de acuerdo a las estimaciones preliminares del organismo.
78% de los trabajadores esperados: 21.321 empresas. También se informó que "se recibieron en total 403.507 deducciones, habiéndose validado ya más del 90% y ya se emitieron casi 15 mil facturas para ese total de empresas, con el nuevo impuesto".
"No podemos quedarnos en silencio"
"Nosotros estamos seguros de que lo que estamos haciendo es absolutamente constitucional. Veremos que dice la Corte al respecto", dijo ayer el ministro Danilo Astori.
Interrogado sobre la eventualidad de que esta presentación en conferencia de prensa fuera interpretada como una presión sobre los magistrados, el secretario de Estado aseguró que sólo era una respuesta a "una cantidad de informes y de presiones de diferentes orígenes sobre la Justicia para orientar la decisión en determinado sentido". Manifestó que ante esto "sería una irresponsabilidad callar".
"No podemos quedarnos en silencio ante las cosas que se están diciendo", subrayó.
Al pedírsele precisión sobre las presiones a las que aludía sobre la Corte, replicó: "Si este informe es considerado una presión, los otros también deberían ser considerados presiones. Pero en el fondo estoy seguro que nosotros convenimos en que la Suprema Corte de Justicia no es una institución presionable, así que confiemos en su resolución y acatémosla".
Astori dijo que este informe de Cassinelli no se presentó antes porque "no estaba terminado". Podrá utilizarlo el Banco de Previsión Social junto a los informes que elaboraron sus servicios jurídicos cuando el órgano jurisdiccional pida al gobierno que haga sus descargos, dijo.
Inducción. En respuesta, el diputado herrerista, Pablo Abdala, uno de los promotores de las acciones de inconstitucionalidad presentadas hasta el momento, se molestó por las expresiones de Astori. "Todo se me asemeja a que hay un propósito de inducir a la Suprema Corte a una opinión, cuando lo que se supone que hay que hacer es esperar el dictamen", dijo a El País.
Abdala consideró "correcto" que el gobierno haya pedido un informe al constitucionalista, pero reprochó "que se monte un escenario" para difundirlo en la prensa, que el propio ministro de Economía sea quien lo presente ante la opinión pública y que se dé a publicidad en forma íntegra".
El IRPF será uno de los ejes de la interpelación que el senador herrerista Luis A. Heber le hará en breve a Astori.