El Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) le dio la razón a la filial uruguaya de la aerolínea American Airlines en un reclamo presentado contra el Ministerio de Trabajo, por la incorrecta aplicación de dos antiguos decretos y un Convenio Colectivo del sector aeronáutico de 1990.
La empresa solicitó al TCA la anulación de una resolución emitida en octubre de 2008 por la Inspección del Trabajo mediante la cual se la intimó a regularizar las categorías y salarios de su personal.
En su pedido, la aerolínea alegó que la dependencia del Ministerio de Trabajo tomó la resolución en base a "una serie de normas" que no pueden ser aplicadas en su caso.
American Airlines señaló que uno de los decretos utilizados tenía como vigencia máxima septiembre de 1985. A su vez, alegó que otro decreto ley aplicado si bien le otorgó al Poder Ejecutivo la potestad de fijar las categorías y remuneraciones del sector, no lo habilita a fijar un sistema de ascensos automáticos por antigüedad.
Por otro lado, en cuanto a un Convenio Colectivo de 1990, la empresa planteó que la aplicación en su caso fue ilegal porque la firma "ni siquiera existía jurídicamente en el Uruguay en aquélla época".
En base a esos argumentos y luego de un proceso que duró casi dos años, el TCA, por unanimidad de sus cinco ministros, hizo lugar al reclamo de American Airlines y anuló la resolución del Ministerio de Trabajo.
"En definitiva, el acto impugnado resulta ilegítimo, en tanto pretende aplicar a la accionante determinados niveles salariales derivados de convenios y de decretos que no le comprenden en su ejecución", señala la sentencia del TCA, al que accedió El País.
Según el fallo, el Ministerio de Trabajo "procedió a recategorizar a los distintos trabajadores de la accionante, sin ofrecer el mínimo fundamento válido, sin fundar, ni motivar su decisión" en base a un decreto "que no estaba vigente".