Abogado de la mujer que sustrajo datos de Antel dice que no es delito

Filtración. Juez analiza si se tipificó la figura de "Revelación de secreto"

 20110624 800x519

La investigación sobre el espionaje a un exdiputado blanco busca determinar si la exfuncionaria de Antel indagada incurrió en el delito de "revelación de secreto". La defensa de la mujer dice que es un "hecho menor" que no le traerá consecuencias.

El caso, a cargo del juez especializado en crimen organizado Jorge Díaz y la fiscal Mónica Ferrero, se inició tras una denuncia que presentó un dirigente nacionalista -que en la pasada legislatura fue diputado y ahora es asesor en un ente público- quien planteó que desde Antel se estaba realizando un seguimiento del tráfico de llamadas y mensajes y también la ubicación de su teléfono celular.

En 2008 y 2009, el legislador denunció el hecho en Antel pero no obtuvo respuesta. En 2010 reiteró el pedido, y el ente inició una investigación administrativa que terminó por verificar la situación denunciada.

Antel también pudo identificar a la exfuncionaria implicada en el hecho, quien admitió que en la investigación administrativa "haber investigado los listado de tráfico" de llamadas del damnificado, que recientemente presentó una denuncia ante el juez Díaz.

La mujer declaró el jueves 23 ante el magistrado. Su abogado defensor, Gastón Chaves, le quitó trascendencia al hecho porque, a su juicio, "es un tema totalmente menor".

Chaves aseguró a El País que el asunto "tiene un trasfondo personal". Según declaró la mujer en la investigación administrativa de Antel, revisó los registros telefónicos del exdiputado a pedido de su expareja, de quien ella es amiga.

La mujer accedió de forma irregular a los registros entre el 15 de junio y el 18 de agosto de 2009. En ese período trabajaba para Antel pero siendo empleada de una firma privada. En junio de 2010 el ente la contrató por el lapso de un año, pero no se le renovó el vínculo por recomendación de la asesoría letrada, explicó la presidenta de Antel, Carolina Cosse.

Chaves dijo que la investigación judicial se está realizando bajo la hipótesis de "violación de secreto", ilícito previsto en el artículo 163 del Código Penal, que no prevé pena de prisión sino, a lo sumo, la suspensión en el cargo y una multa.

El abogado sostuvo que a su clienta, mientras fue trabajadora tercerizada, Antel no le informó sobre el régimen de confidencialidad. Por eso, "si no tiene una idea clara de que lo que estaba haciendo era revelar un secreto, no podría existir delito", expresó Chaves.

PRIVADAS. El jueves, la presidenta de Antel, Carolina Cosse, al referirse al caso, dijo que los servicios del ente "reaccionaron por demás bien". Y advirtió que "los sistemas de seguridad de la información no son un búnker 100% confiable".

La investigación administrativa de Antel en torno al episodio, reveló que en el ente hay 691 funcionarios que tienen potestades en el sistema informático para "indagar o investigar listados de llamados de los servicios móviles".

Por su parte, el gerente general de Claro Uruguay, Horacio Alvarellos, dijo a El País que en la empresa, la información relativa al tráfico de llamadas y mensajes de texto de los clientes "no está disponible para todo el mundo". "Hay muy pocas personas que acceden a esos datos y cuando lo hacen, es porque existe un pedido judicial", señaló.

"Hay un grupo pequeño de personas que pueden acceder a la información. Entonces, parte del asunto está en los sistemas de las compañías, pero también en los perfiles de seguridad de las personas y su ética, más que en los controles", indicó.

En tanto, desde Movistar se indicó a El País que la empresa "tiene una larga tradición de proteger la información de sus clientes". Y resaltaron que fue la primera compañía que presta servicios de telefonía celular "en sostener el principio de que solo se brinda información ante mandato del Poder Judicial".

Movistar brinda capacitación a sus funcionarios en relación a este tema, a la vez que los empleados firman un documento donde se comprometen a mantener la reserva. La empresa también cuenta con protocolos de consulta de datos y otras medidas para proteger la información.

Delito sin prisión

El artículo 163 del Código Penal prevé el delito de "revelación de secreto" para el funcionario público que con abuso de sus funciones, "revelare hechos, publicare o difundiere documentos, por él conocidos o poseídos en razón de su empleo...". Prevé suspensión y multa de hasta 3.000 UR.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar