MAGDALENA HERRERA
Creen que la reforma de la Dirección General Impositiva era una necesidad impostergable para Uruguay. Y que el viraje tributario implementado en el país, fundamentalmente con el IRPF, es constitucional aunque injusto. Sostienen que la relación entre el Fisco y los uruguayos cambió por completo. Para empezar, se sumaron 400 mil contribuyentes al sistema.
Pero también, los abogados en derecho tributario Alberto Varela y Gianni Gutiérrez están convencidos de que una sola parte de la relación (el Fisco) se ha fortalecido. Del otro lado, los contribuyentes quedaron desprotegidos, fundamentalmente por el déficit de conocimiento en cuanto a sus derechos constitucionales.
Así nació El contribuyente frente a la inspección fiscal, un libro que a diferencia de otras publicaciones académicas, se está vendiendo como pan caliente en el circuito comercial. ¿Por qué? Porque le responde al ama de casa, al empresario, al profesional, al empleado, al deportista y a un sinnúmero de compatriotas sobre temas, y hasta mitos, que rondan desde meses antes de que fuera implementada la reforma tributaria.
¿La DGI puede solicitar mis gastos en las tarjetas de crédito?, ¿puede el Fisco ingresar en un domicilio particular para ver si está registrada una empleada doméstica?, ¿tiene derecho a llevarse las computadoras de mi oficina?, son apenas algunas de las interrogantes que responden en su libro Varela y Gutiérrez.
"Nació como una necesidad de fijar límites. Tenemos una administración con mayor número de funcionarios, más tecnificada, y que actúa mejor. Pero el contribuyente que, por lo general no está informado, tiene la sensación de que el Fisco puede hacer cualquier cosa y no es así. Están los derechos inherentes de los uruguayos, determinados en la Constitución como la intimidad, por ejemplo", indica uno de los autores, Gianni Gutiérrez.
En cuatro años se arraigó la cultura del pago de impuestos, algo extraordinario para el tiempo que tomó, asegura Alberto Varela. A la vez, se terminó con la "famosa viveza criolla" que alardeaba que estaba bien evadir los tributos. "Hay una mayor conciencia, y por supuesto también está el miedo implícito en el manual de todo recaudador de impuestos. La gente debe tener la percepción de que puede ser el próximo. Pero entendimos que había desconocimiento de ambas partes en cuanto a sus facultades y derechos", agrega el experto de Ferrere Abogados.
Los ejemplos de desinformación son múltiples. Varela escoge uno: algún día, según el nuevo sistema, cada uruguayo tendrá que probar que su nivel de vida coincide con lo declarado en sus ingresos. Atención que cuando llegue ese momento, Varela recomienda no "desnudarse". Y fundamenta: "El nuevo sistema grava solo la renta de fuente uruguaya y no a las inversiones o dinero que se tenga en el exterior. Entonces, yo no tengo por qué desnudarme frente al Fisco para probar por qué mi gasto supera mis entradas. No tengo obligación de mostrar que vivo en Uruguay con parte de un ingreso que gano en otro país. Tendrán otros que probar que yo declaro de menos, si así fuera".
INOCENTES. En otro países, el Fisco se ha encargado de listar en códigos o manuales los derechos de los contribuyentes frente a la inspección fiscal. La DGI uruguaya ha anunciado que en breve aparecerá un texto de esas características, pero por el momento, brilla por su ausencia.
Sin embargo, que no estén escritos no significa que sean inexistentes, pues se desprenden de la Constitución y la ley. La premisa número 1 se resume con esta frase: "el contribuyente es inocente hasta que se pruebe lo contrario".
La administración que comenzó con Eduardo Zaidensztat (2002-2007) tuvo una labor muy difícil que fue "vencer la inercia", explica Varela. "Y lo hizo muy bien, pero a veces, sin respetar el secreto tributario, por ejemplo". Para el experto, al "Zeta" se le terminaron en un momento los casos más claros (como empresas con doble juego de facturas) y luego empezó a denunciar en la prensa otros no tan nítidos. "Lo que se debe comunicar es `hoy a las tres de la tarde se clausuró tal lugar` o `ayer fue preso la persona X por defraudación porque el juez lo dispuso`. Eso es información objetiva y dispuesta por un juez. El problema es cuando en casos difusos o inocentes son denunciados en la prensa. Entonces el empresario tiene que luchar en dos frentes: en el judicial y ante la opinión pública. Y en Uruguay, si un empresario es condenado por la sociedad, es hartamente difícil que el juez, que vive en la sociedad, no lo condene también".
Gutiérrez y Varela son los abogados defensores de Tienda Inglesa, acusada en su hora de defraudación fiscal. En primera instancia, sin embargo, la Justicia falló a favor de la firma y la DGI apeló el fallo y el proceso continúa.
MITOS Y VERDADES. Cuando finalmente se supo el verano pasado que la reforma tributaria sería puesta en marcha a partir del primero de julio, se vino una avalancha de rumores que hablaba de levantamiento del secreto bancario, comercial, tributario, entre otros. "No gastes con la tarjeta de crédito", se susurraba por lo bajo. "No des cheques por encima de determinado monto", se decía por otro lado. Alberto Varela y Gianni Gutiérrez aseguran que no son más que mitos, y explican porqué se instalaron en la cabeza de los uruguayos.
Antes, aclaran, una entidad crediticia o bancaria no sólo no debe proporcionar información, sino que está obligada por ley a no hacerlo. Según Gutiérrez, el estado de cuenta de una persona es irrelevante para el Fisco porque el gasto no se toma en cuenta en la reforma tributaria ya que no existen las deducciones. "Con mi tarjeta de crédito pude haber realizado mucho gasto porque recibí dinero de un familiar en el exterior, o porque tengo inversiones en otros países. Pero además, ese estado de cuentas, tiene gastos que forman parte del fuero íntimo de la persona, de los que no tiene por qué enterarse la DGI".
Quizás el Fisco piense que la tarjeta de crédito puede ser indicativo del gasto de una persona, y supone que está en correlación con un ingreso. "Pero no es así. El estado de cuenta indica un gasto que tal vez no esté correlacionado con el nivel de ingreso, pero no por eso quiere decir que el contribuyente esté evadiendo. Es realmente un mito".
Con los bancos, la fantasía también alimentó miedos.
En los últimos meses, se han hecho públicos varios casos de personas que, asustados con la reforma, retiraron su dinero de los bancos y se lo han llevado para debajo del colchón. Y alguna vez con resultado lamentable porque acontenció que los amigos de lo ajeno terminaron por llevarse los ahorros. Tal fue la situación de un productor de Rocha, por ejemplo, a quien le robaron hace 15 días lo 250.000 dólares que tenía en casa.
Los bancos, sin embargo, están obligados a respetar el secreto y no proporcionar información a la DGI. "Tampoco la persona o el contribuyente tiene el deber a hacerlo. Los dos mitos tienen una base: se han sacado conclusiones de dos normas de la reforma. Una es que los monotributistas, para obtener un sistema más preferencial en la tributación, deben autorizar a la DGI a pedir y ellos a la vez dar información sobre su tarjeta de crédito. Ahí hay un pequeño pie, pero en un número muy minúsculo de contribuyentes", aclara Varela.
Después de la interpretación errónea de la norma, se empezó a generalizar el mito de que hay interés en la información de las tarjeta de crédito. "Es como quien va entrando de a poco en un terreno que le está vedado. Pero se debe tener en cuenta que se da una manifestación voluntaria del monotributista que dice: "yo quiero estar en el monotributo por lo tanto autorizo a dar información sobre mi tarjeta de crédito. Es un mal comienzo", señala Varela.
La otra base de estos mitos surge a partir de la exoneración de impuestos en ciertos arrendamientos de inmuebles, por debajo de $ 5.000, en personas que no tengan más de dos inmuebles. Entonces, se debe autorizar a la DGI a que acceda a información sobre la cuenta bancaria del propietario. Varela aclara: "Es otro grupo muy minoritario de gente, y de escasos recursos. Pero se le pide ese plus: `bueno, además queremos ver su cuenta bancaria`. Son dos pies puestos en la esfera íntima de la gente. Pero esas normas, que están muy acotadas, ha llevado a esa creencia popular de que va decayendo el secreto bancario o que se van a terminar metiendo con las tarjetas de crédito".
El miedo y la fantasía tienen origen en la desinformación. Gianni Gutiérrez lo explica: "Existe un desconocimiento de todos, desde el Fisco a los asesores, hasta llegar al contribuyente": a veces, el eslabón más débil de la cadena.
Perfiles
ALBERTO VARELA RELLÁN
Abogado especialista en derecho tributario y dirige el área en el estudio Ferrere Abogados. Fue docente en la Cátedra de Derecho Financiero de la Universidad de la República y también se desempeñó en la Universidad ORT.
Fue asesor de la Dirección General Impositiva entre los años 1986 y 1993.
Es uno de los abogados defensores de Tienda Inglesa, acusada por DGI de defraudación.
GIANNI GUTIÉRREZ PRIETO
Se graduó en 2000 y desde entonces se especializa en derecho tributario, tanto en Uruguay como en el extranjero. En la actualidad, se desempeña como gerente del departamento tributario de Ferrere Abogados.
Es coautor del libro Fideicomiso. Aspectos legales, tributarios y contables. Y también coautor de El contribuyente frente a la inspección fiscal, de reciente edición. A la vez, integra el Instituto uruguayo de estudios tributarios.
Inspector obligado a identificarse
Contra lo que muchos temen, un inspector de la DGI no puede hacerse pasar por un cliente para averiguar, por ejemplo, si una empresa emite factura ante una compra.
Uno de los derechos básicos del contribuyente es el de saber que está siendo objeto de una inspección, explican en su libro los expertos en derecho tributario Alberto Varela y Gianni Gutiérrez.
En Uruguay, según una ley del año 2000, se creó la figura del "agente provocador", es decir, que da la potestad, previa autorización de un juez, para que un inspector pueda comportarse de modo encubierto. Sin embargo, esa normativa está prevista solamente para actividades delictivas y no para las empresas en general.
Del otro lado del río, en Argentina, sí existe la posibilidad de que un miembro del Fisco se haga pasar por cliente, aunque muchos opinan que es inconstitucional y la normativa está ahora pendiendo de un hilo.
Varela y Gutiérrez hacen referencia a lo fundamental que resulta no hacer fruto "del árbol venenoso". En otras palabras, no conseguir pruebas obtenidas violando normas o la ley. "La teoría que está detrás es que el fruto del árbol está envenenado. Ergo, no debería ser utilizado. Yo tengo que respetar el procedimiento, porque está ante todo, aún cuando se tenga la seguridad que se está ante el evasor. Si yo dejo que el fin justifique los medios, voy a violar en forma automática. La teoría se coloca antes: importa la verdad, pero también importa cómo se obtenga la verdad".
Debe regir la cortesía ante todo
En el mundo ya se aplica, y no es que en Uruguay no exista, pero a veces no se practica a pesar de que en los cursos de la DGI los inspectores son entrenados para eso. Pero la administración ha contratado mucha gente nueva, y no todos lo tienen claro, indica el abogado Alberto Varela. Se trata del principio de cortesía, que debería regir siempre.
"Lo que queremos recalcar es que cuando uno está siendo inspeccionado no está pasando por el mejor momento del día. Reforzar esa cortesía hace que pueda sobrellevarse mejor esa situación de inspección en la que el contribuyente siempre se siente mal", agrega Gianni Gutiérrez.
Varela recuerda una anécdota personal, cuando trabajaba hace años en la DGI. El abogado se encontraba nada menos que embargando toda la mercadería a un contribuyente, cuando recibió la siguiente frase: "yo te pagué la carrera, y te pago el sueldo todos los meses, y vos me hacés esto".
"Y tiene razón, traté de no ofenderme, sinceramente porque las dos cosas son verdad. Ese contribuyente, como muchos otros, me habían pagado la carrera y luego el sueldo todos los meses. Son cosas que hay que saber comprender y no deben caer mal".
"El funcionario, tanto de la DGI como de toda la administración nacional, deben tener claro que el dinero no viene por generación propia ni sale del banco de alguien que lo esté haciendo con una maquinita. Sale de la actividad privada. Con esa base, la cortesía va de suyo. Los inspectores deben saber que están interrumpiendo a quienes están creando riqueza para solventar el Estado. El servidor público es eso".
Las cifras
400 Mil contribuyentes se han sumado al sistema con la introducción del Impuesto a la Renta.
28% Es la tasa de evasión del IVA a 2006, según estimación de DGI. En 2001, era del 33%.
47.000 Cantidad de empleadas domésticas que están inscriptas en BPS de un total de 90.000 en el país.
La compu intocable
-Ha sucedido que ingresen los inspectores de la DGI a los domicilios fiscales y se lleven las computadoras. ¿Es legal?
-No se puede incautar la computadora. Primero, porque no hay empresa que funcione si no tiene su computadora. Por ejemplo, si se la incautan a una inmobiliaria, prácticamente la deja sin posibilidad de trabajar. La segunda razón por la cual no se puede incautar es porque en la computadora hay información variada, una que es relevante para la DGI y otra que no, como listados de clientes o estrategias de marketing que hasta en caso de incautarse podría generar suspicacias ya que se trata de algo confidencial. También en las computadoras están los mails personales o familiares, de los cuales no tienen por qué enterarse los inspectores de la DGI. El correo electrónico es como la correspondencia convencional: están protegidos por la Constitución y no se pueden violar. Entonces, no deben llevarse las computadores, lo que sí pueden es copiar la información y hay elementos que lo hacen muy fácil. Ahora, esa copia tiene que ser manejada con cuidado.
Preguntas con respuesta
¿Cuándo el Fisco puede ingresar a un domicilio particular?
Existe un principio de que no puede ingresar a ningún domicilio particular. La Constitución establece que el hogar es un sagrado inviolable. Por más que seamos contribuyentes, el Fisco no puede ingresar salvo que cuente con una orden judicial. Y para obtener una orden judicial, en primer lugar debe haber una sospecha de que allí puede haber elementos que podrían constituirse en delito.
¿Qué sucede si un profesional en su casa tiene su consultorio médico, jurídico o el área que sea y que constituyó domicilio fiscal en el particular?
A ese domicilio fiscal puede ingresar la DGI. Pero los fiscalizadores deberían limitarse al espacio en que se desarrolla la actividad. No pueden seguir entrando hacia los cuartos, el comedor o la cocina, para buscar más información.
¿Qué sucede en el caso de los contribuyentes del IRPF, un empleado por ejemplo, que debe también proporcionar a la DGI su domicilio particular?
La DGI no tiene derecho de ingresar a un domicilio particular por el hecho de que la persona que allí vive es contribuyente. En el caso de los empleados está más claro aún: el IRPF lo retiene su patrón y no existe la posibilidad de que se ingrese a su hogar. O sea que esta avalancha de nuevos contribuyentes (IRPF), están por fuera de una posible intrusión. Los profesionales ya abonaban IVA, o sea que nada cambió. El efecto de las dos reformas juntas puede llevar a pensar de que se amplió muchísimo el ámbito de la posibilidad de ingreso a los hogares. Pero eso no varió mayormente.
¿El BPS puede ingresar a un domicilio particular para inspeccionar si las declaraciones del servicio doméstico son correctas?
Sin el consentimiento del dueño de casa, no. Únicamente con orden de allanamiento. Lo que se conoce sí es un caso donde los inspectores del BPS ingresaron en una casa para ver el tema del servicio doméstico, en cuanto a las declaraciones. Quien le franqueó el paso fue la propia empleada, ya que el dueño de casa estaba ausente. Una vez allí se juntó prueba de que podría haber una sub-declaración de impuestos. Con posterioridad, el abogado de la familia argumentó de que la prueba debía ser desechada porque había sido obtenida en forma ilegal porque habían penetrado en un domicilio sin orden de allanamiento, y además sin el consentimiento del dueño de casa. No obstante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo entendió que había habido una tolerancia al dejarlos entrar, que yo entiendo que no la había porque el dueño no estaba en el hogar, y se tomó en cuenta la prueba. Es un caso bastante reciente y muy aislado.
¿Cómo se eligen los contribuyentes a inspeccionar?
La elección de contribuyentes a inspeccionar es discrecional por parte de las autoridades y los criterios de selección son desconocidos por la población. En los últimos años se nota un incremento de las inspecciones en los sectores gastronómico, zonas francas o free shops, además de inspecciones en zonas balnearias en temporada.