LUEGO de una serie de gestiones cumplidas por las autoridades de B’nai B’rith internacional en los días previos a la Asamblea General de la OEA que tuvo lugar durante el mes de junio en Fort Lauderlade, la Organización resolvió encomendar al Consejo Permanente la preparación de un proyecto de Convención Interamericana contra el racismo y toda forma de discriminación e intolerancia.
A tres meses de que se le ordenara; cuando sólo faltan otros tres para la Cumbre de Presidentes en Mar del Plata y se anuncia que la semana próxima tendrá lugar en Buenos Aires la Reunión Preparatoria de ese evento; cuando ya se está empezando a organizar el trigésimo sexto período ordinario de sesiones de la Asamblea General del año próximo, es oportuno llamar la atención sobre el tema y reclamar que se estimule la realización de los importantes y fatigosos trabajos previos que deberán cumplirse para concretarla.
En ese sentido debe recordarse que por Resolución 2126/ 05 del 7 de junio, promovida por el Representante de Brasil, la Asamblea dispuso encomendar al Consejo Permanente que estableciera un Grupo de Trabajo encargado de recibir contribuciones de los Estados Miembros, la Comisión (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Comité Jurídico, el Centro de Estudios de Justicia (CEJA), de Naciones Unidas y de organizaciones regionales, representantes de los pueblos indígenas, empresarios y grupos laborales, así como de organizaciones de la sociedad civil, todos ellos con vistas a la elaboración de ese proyecto de Convención Interamericana contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación e Intolerancia.
ADEMAS de solicitar otra serie de datos específicos a la CIDH y a la CEJA, se ordenó también invitar a la Comisión Interamericana de Mujeres y al Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral, a los efectos de lograr una amplia representación y concretar un aporte general sobre el tema a través de diferentes perspectivas, llegando incluso hasta establecer que se convocara con carácter previo una reunión especial del Grupo para reflexionar y analizar la naturaleza de esa futura Convención.
Hay que reconocer en todo el texto de la Resolución un serio y prolijo enfoque del asunto a considerar.
A los efectos históricos, debe dejarse constancia que la Representación de Estados Unidos en la Asamblea, si bien respaldó su creación, formuló una serie de reservas, señalando expresamente que ya existe una Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial de Naciones Unidas, entendiendo por ello que los trabajos deberían centrarse más en acciones para hacer frente al flagelo del racismo y la discriminación.
EN respuesta a esa inquietud puede señalarse que también existen Estatutos simultáneos de Naciones Unidas y de O.E.A. regulando numerosas materias, como Derechos Humanos, Terrorismo, condición de la Mujer, del Niño y otros, cuya enunciación excedería los términos de este comentario, pero que sin embargo son útiles y necesarios para considerar la especificidad de cada área geográfica, —aunque resulte difícil entenderlo, no son lo mismo los mismos problemas en América o Europa que en Asia y Africa—, pudiendo agregarse que esas acciones que preconizan para combatir el flagelo deberían formar parte precisamente del proyecto de Convención que se está promoviendo.
Más allá de esa doble salvedad, es preocupante comprobar que el tiempo sigue transcurriendo y lo poco o nada que se ha hecho para concretar aquel mandato. El Comité Jurídico y la CIDH se han mostrado renuentes ante la falta de nuevos argumentos que justifiquen el instrumento; no se ha presentado ningún borrador de proyecto y, lo más importante, tampoco se ha constituido el Grupo de Trabajo ni convocado ninguna jornada de reflexión.
ANTE ese estado de cosas, Uruguay debería asumir un papel de liderazgo para corregir la omisión.
Ya somos líderes, junto con Argentina, al contar con legislaciones internas de avanzada, como lo fue en su momento la ley antidiscriminatoria Nº 16.048 de 16 de junio de 1989, y, más recientemente, la muy buena ley Nº 17.817 del 6 de setiembre del año pasado (Ley Bergstein) contra el racismo, la xenofobia y todo otro tipo de discriminación.
Precisamente en cumplimiento del artículo 3º de esta última, se acaba de constituir dentro del Ministerio de Educación y Cultura una Comisión Honoraria que tendrá como cometido la elaboración de políticas nacionales y la adopción de medidas concretas para que se cumpla la ley. Una de ellas debería ser la de estimular al Gobierno para que en la Reunión Preparatoria de Buenos Aires, en la Cumbre de Mar del Plata y dentro de la propia O.E.A. se concreten los coincidentes propósitos de la Resolución 2126.
EDUARDO J. Couture decía, ya en 1954, que cualquier forma de racismo, y por lo tanto de discriminación e intolerancia, es, ante todo, un problema de educación y que tales expresiones de pensamiento son inconcebibles en el continente americano. Y en un homenaje a la memoria de James Goldschmidt agregó: "Si la humanidad de nuestro tiempo no se cura de ese mal que azotó la especie a lo largo de los siglos, es porque la humanidad no tiene redención. Si no comprendemos que los hombres son todos iguales, que la sustancia humana es siempre la misma, sea cual sea el color de la piel y la sangre que corre en sus venas; si no entendemos que no puede ni debe haber distinción alguna entre los hombres, todo el sacrificio sufrido parecería ser vano.
A los sobrevivientes de este siglo corresponde probar que no lo fue.
Una Convención que nos sea propia y que profundice esa reclamada educación sigue siendo más que necesaria para defender otro de los derechos humanos fundamentales de la civilización —tanto o más que del hombre individual—, así como para proteger la integridad de todos los habitantes de este todavía hermoso pedazo de tierra, erradicando incluso cualquier trasnochado intento de violarlos que pueda insinuarse.