Un informe del asesor jurídico de la Cámara Mercantil de Productos del País, Enrique Lussich Puig, señala que el Impuesto a la Concentración de Inmuebles Rurales (ICIR) -que empezó a regir este año- "impone (...) una nueva carga impositiva" al sector forestal "a pesar de la exoneración genérica de la que gozaba", lo que podría acarrear "accionamientos de responsabilidad patrimonial contra el Estado".
La ley forestal, recuerda Lussich Puig, "había establecido que las exoneraciones y demás beneficios tributarios establecidos por la misma, alcanzarían a todos los tributos que en el futuro gravaran genéricamente a las explotaciones agropecuarias, a sus titulares en cuanto tales o a sus rentas". "Sin embargo, esta nueva Ley N° 18.876 (que creó el ICIR), deja de lado todo ello", agrega.
"Ello puede determinar accionamientos de responsabilidad patrimonial contra el Estado, por acto legislativo, lesivo de derechos adquiridos y violatorio de la seguridad jurídica (consagrada por el artículo 7° de la Constitución Nacional)", afirma el asesor jurídico de la gremial empresarial.
También cuestiona la fecha de aplicación del impuesto, lo que a su juicio, es inconstitucional.
Es que "si bien la ley se publicó el 10 de enero de 2012 (y por ende, de acuerdo a derecho, debería haber entrado en vigencia, luego de los 10 días de su publicación), se está aplicando, en lo que hace a la nueva forma de cálculo del IRPF e IRAE en las enajenaciones de inmuebles", a las operaciones de inmuebles rurales "adquiridos con anterioridad al 1º de julio de 2007 y realizadas a partir del 1° de enero de 2012", indica.
"En ambos aspectos, la aplicación de esta ley tributaria es claramente retroactiva", sostiene Lussich Puig, "lo que contradice el principio fundamental de no retroactividad en materia tributaria, que deriva del derecho constitucional uruguayo".
El asesor de la Cámara Mercantil también realiza consideraciones sobre el proyecto de ley para identificar a los accionistas al portador de sociedades anónimas y fideicomisos.
"En opinión que compartimos" el proyecto "parece un exceso, frente a otras legislaciones donde el anonimato es resguardado, pero levantado judicialmente, ante la fundada presunción de fraude o evasión", afirma. Lussich Puig añade que la ley proyectada al igual que otras "serían una consecuencia más de las presiones de la OCDE y de la Argentina e "implican un cambio abrupto en las reglas de juego" y que "especialistas en la materia advierten que (...) sin duda alguna ahuyentará las inversiones y provocará en el país un importante impacto económico y social".