UTE resolvió realizar una cobertura de tasa de interés mediante un swap de tasas para pasar deuda de largo plazo que estaba a interés variable a interés fijo. Pero, el procedimiento fue observado por el Tribunal de Cuentas (TCR) por entender que no se ajusta a los procedimientos previstos en el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (Tocaf).
El 6 de septiembre pasado la División Económica del ente señaló al directorio que "las tasas de interés" del mercado "están a sus niveles históricos más bajos" y por eso propuso "tomar parte de la deuda de largo plazo" que está "a tasa variable" y "pasarla a tasa fija, mediante la contratación de un instrumento derivado", según la resolución del TCR. Eso tuvo como objetivo reducir "incertidumbre" y "riesgo sobre los flujos asociados".
La división indicó que para llevar adelante el procedimiento se requiere la realización de "un llamado a instituciones financieras con una base de condiciones proponiéndose para la presentación de ofertas y su aceptación la vía telefónica, que es el medio habitual para este tipo de producto, ya que los cotizaciones son on line y cambian constantemente".
El 23 de septiembre, el directorio de UTE autorizó a la Gerencia Económico Financiera la realización del llamado y la aceptación de la oferta más conveniente. El 27 de octubre se hizo la consulta y resultó ganadora la oferta del banco Santander.
Para el TCR la "contratación no se ajustó a lo dispuestos por el artículo 33 (...) ni a ninguno de los procedimientos aprobados al amparo del artículo 34" del Tocaf. Esos dos artículos, refieren a los casos de excepción para no realizar un llamado público y a procedimientos especiales a recurrir siempre que se cumplan ciertos aspectos, que a juicio del TCR no se cumplieron.