BCU fija código de ética para empleados

Actividad académica con cuidado para banco

En su última sesión del año pasado, el 29 de diciembre, el directorio del Banco Central (BCU) aprobó un "Código de Ética para el BCU" con "los principios éticos, valores y normas de conducta que deben regir el desempeño del funcionario del Banco", señala el documento incluido en la resolución del directorio publicada ayer por el BCU.

Entre otros "principios" con los que "el funcionario debe conducirse", está el de "preservar la imagen y reputación del Banco en ocasión de realizar comunicaciones en público, actividades académicas u otras similares, haciendo constar cuando así corresponda que las opiniones son vertidas a título personal", se indica.

También deberá "cumplir su función en forma imparcial, distinguiendo su interés personal del interés público, evitando todo conflicto de intereses". Tendrá que informar bajo una "declaración jurada, toda actividad comercial, laboral o de cualquier otra naturaleza que realice o desarrolle fuera de la institución, que pudiera estar vinculada, directa o indirectamente con entidades reguladas o supervisadas por el BCU".

Otro punto del código es que el funcionario del BCU deberá "guardar estricto secreto y absoluta reserva respecto de la información obtenida mediante cualquier soporte, con motivo o en ocasión del ejercicio de su función, incluso una vez extinguida la relación con el Banco".

El flamante código tiene un artículo entero dedicado a la "vinculación con la prensa". Al respecto afirma que la relación con los medios de comunicación "se realizará a través del Departamento de Comunicaciones (del BCU), debiendo el funcionario abstenerse de proporcionar cualquier declaración o información relacionada con el Banco que no haya sido previamente coordinada con el mismo o autorizada por el directorio".

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