Juez disintió en análisis de tema ambiental

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El juez somalí Abdulqawi Ahmed Yusuf de la Corte Internacional de La Haya votó en disidencia sobre la evaluación que realizó el resto del tribunal sobre la cuestión ambiental en el conflicto entre Argentina y Uruguay.

A su juicio, se debió apelar a un asesoramiento técnico, previsto expresamente entre las potestades del órgano, que le permitía convocar a expertos en temas ambientales y de producción de celulosa para evaluar los informes presentados por los países en litigio.

El magistrado dijo que tenía "algunas reservas con respecto a la manera en que la Corte decidió analizar el abundante material fáctico presentado por las Partes" y consideró que "la Corte debería haber requerido asistencia técnica, de conformidad con lo que provee el artículo 50" del estatuto del Tribunal internacional.

Sostuvo que esto le habría permitido al Tribunal "contar con ayuda adecuada para comprender profundamente y en detalle la evidencia científica y técnica presentada por las Partes, particularmente con respecto al posible impacto de las descargas de Orión (Botnia) en los recursos vivos, la calidad de las aguas y el balance ecológico del Río Uruguay."

Sostuvo que el caso "ofreció una oportunidad única a la Corte para utilizar los poderes que le otorga el art. 50 de su Estatuto, así como las facultades del art. 67 de las Reglas de la Corte" porque las decisiones sobre este tipo de temas "dependen en su mayoría de una correcta apreciación de los hechos científicos y técnicos".

"En un caso como éste, que concierne la protección del ambiente y la prevención de la polución, expertos científicos especializados puede proveer a la Corte del conocimiento necesario para realizar un acabado análisis de los méritos con respecto al material científico y técnico presentado por las Partes", señaló en su disidencia.

Incluso sostuvo que "en un caso tan complejo" si el Tribunal se equivoca por no apelar al mecanismo de asesoramiento previsto en sus estatutos, "los errores en la apreciación o determinación de los hechos pueden socavar sustancialmente la credibilidad de esta Corte, y desalentar a Partes en disputas que incluyen cuestiones científicas y técnica a no recurrir a este Alto Tribunal".

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