El Senado votará el miércoles un proyecto de ley que reduce y controla la influencia de los intermediarios en las transferencias de los deportistas y permite que los clubes sean sociedades anónimas y se rijan por las normas del derecho comercial.
Una de las mayores innovaciones de la norma es impedir que la compraventa de jugadores se haga con contratistas. Sólo podrá realizarse entre clubes y el proceso tendrá una fuerte supervisión del Estado. Además, se busca impedir que en los pases el contratista se lleve el mayor porcentaje, obligando a que su comisión sea menor a lo que recibe la institución deportiva y el propio jugador.
El proyecto, promovido por el gobierno, tendrá los votos de la bancada del Frente Amplio (FA). En cambio, la oposición tiene algunos reparos al contenido de esta iniciativa y por eso es probable que no la apoye.
La iniciativa establece que las instituciones deportivas -hoy asociaciones civiles sin fines de lucro-, podrán ser "sociedades anónimas deportivas". Bajo ambas figuras, igualmente, sus directivos estarán sujetos a normas de la ley de sociedades comerciales (N° 16.060) en materia de responsabilidad patrimonial solidaria.
Para el gobierno regular todos los aspectos que rodean la cesión y transferencia de los deportistas profesionales es "una necesidad impostergable, dada la habitualidad de tal actividad y las consecuencias económicas de la misma para el deporte nacional", dice la exposición de motivos que acompaña el proyecto.
Otra disposición establece un impuesto del 2% a las transferencias internacionales de deportistas, cuyos recursos se destinarán a la estimulación de la práctica de los deportes en los niveles iniciales.
La intención del proyecto oficial es cambiar drásticamente el negocio deportivo.
Por ello se prohíben todas las cesiones del contrato deportivo profesional, así como los negocios o actos jurídicos que impliquen la transferencia del derecho de exigir la prestación de la actividad de un deportista, realizadas por las instituciones deportivas a favor de personas físicas o jurídicas que no revistan la misma naturaleza de institución deportiva. En suma, una institución no podrá vender el pase o los derechos de un jugador a un particular para que éste luego lo comercialice donde le convenga.
Con este proyecto se busca evitar los "abusos contractuales", se obliga a que el jugador sea partícipe de todas las etapas de la transacción y se reduce la comisión que pueden recibir los contratistas "para evitar que se distorsione el precio justo que debe recibir tanto el deportista como la institución deportiva que lo cede o transfiere, y se procure un enriquecimiento indebido al intermediario".
El proyecto establece además incompatibilidades en las actividades de los intermediarios. Por ejemplo, no podrán ser directivos del Comité Olímpico Uruguayo. Asimismo, fija un régimen de sanciones por incumplimientos varios e impone multas entre 50.000 y 500.000 Unidades Indexadas además de inhabilitaciones de hasta dos años.
Las cifras
50 mil Unidades indexadas es la multa mínima que establece el proyecto de ley a los contratistas que incumplan con el articulado.
2 Años de suspensión en su actividad profesional puede recibir aquel intermediario que violente lo que dice la norma.