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Tribunal confirmó prisión de Álvarez

| Procesamiento por desaparición cambió a homicidio

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El Tribunal de Apelaciones en lo penal de 2° Turno ratificó los procesamientos del ex dictador Gregorio Alvarez y del marino retirado Juan Carlos Larcebeau, pero cambió la figura de desaparición forzada a reiterados delitos de homicidio muy especialmente agravados.

Para el tribunal, no corresponde la aplicación del delito de desaparición forzada -recientemente incorporado a la legislación nacional- porque no se puede aplicar con retroactividad a hechos ocurridos en la década de 1970. Tampoco considera que pueda aplicarse por la omisión de Álvarez a dar cuenta de las desapariciones de personas cometidas durante la dictadura, porque la Constitución prevé que una persona no está obligada a declarar contra si mismo.

El juez penal Luis Charles, a pedido de la fiscal Mirtha Guianze, fue quien procesó a Álvarez y Larcebeau por desaparición forzada de personas el 17 de diciembre de 2007.

Los ministros del tribunal señalaron en su sentencia que en casos anteriores sobre violaciones a los derechos humanos en la dictadura consideraron que no era aplicable la figura de desaparición forzada y mantienen esa posición en este expediente. Añaden que fue la fiscal Guianze la que sostuvo lo mismo en otras causas y que cambió de posición.

Los miembros del tribunal coinciden en que los desaparecidos durante la dictadura están muertos, mencionan en ese sentido las excavaciones en predios militares en busca de restos de fallecidos y no de personas en cautiverio ilegal. "El Derecho Penal es hijo de la realidad", afirman.

EXTRADICIONES. El tribunal concedió la extradición solicitada por la Justicia argentina a varios militares que, al igual que Álvarez, están encarcelados en Uruguay por violación a los derechos humanos durante la dictadura.

La única condición que impuso el tribunal para conceder las extradiciones es que a los militares retirados no se les aplique en forma retroactiva figuras delictivas que entraron en vigencia después de los hechos por los que son investigados en el vecino país, lo que excluye la desaparición forzada.

La decisión del tribunal está a estudio de la Suprema Corte de Justicia, puesto que los uniformados presentaron recursos de casación.

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