MARÍA JULIA POU
El martes pasado mencionábamos las sabias palabras con que un Presidente del Congreso de EE.UU. nos trasmitía hace ya unos años un criterio para analizar a una sociedad. Nos decía el mencionado portavoz -Tip O´Neill- que una sociedad se la mide por cómo es con los que están en la aurora de la vida -es decir, los niños-, cómo es con los que están en el atardecer de la vida -los ancianos- y por cómo se comporta con quienes están en las sombras de la vida -los enfermos, los discapacitados. Esta manera de juzgar a una sociedad nos hace interpelarnos a nosotros mismos acerca de nuestro comportamiento colectivo frente a las situaciones mencionadas.
Debemos reconocer que desde el punto de vista formal -si consideramos el progreso escrito, el país de papel-, nuestro desempeño está lejos de ser malo en comparación con otras sociedades de la región. Pero no es estadístico nuestro propósito, no buscamos la satisfacción estéril de vernos en la mitad de una tabla donde se miden fundamentalmente las leyes aprobadas en torno al tema. El avance que nos ocupa -y preocupa- es el de la sociedad de carne y hueso, el de la familia que tiene en su seno algún ser querido con discapacidad.
Un día sí y otro también se nos hacen llegar inquietudes acerca del incumplimiento de las normas vigentes sobre los derechos de los discapacitados para ingresar en la administración pública. Sabido es que se ha fijado por ley un porcentaje que debía ser reservado para estos compatriotas cada vez que se fuera a llenar vacantes en el Estado. Pero la realidad nos dice que no es así, que a diario se violan estas disposiciones sin que nadie levante una voz.
Este criterio -el de tratar desigualmente a los desiguales, reservando para ellos un número de vacantes- es una muestra de equidad, de generar oportunidades con una ortopedia legal para corregir las desigualdades que la naturaleza nos presenta.
Cuando transcurre determinado tiempo de vigencia de una norma, es cosa buena el analizar qué resultados ha traído su aplicación, qué modificaciones en el mundo real se han producido, en pocas palabras si la norma cumplió con el cometido que se había fijado el legislador. El caso de la ley que comentamos es uno de esos en los que resulta relativamente fácil mensurar el resultado. Sabemos con cierta exactitud cuántos compatriotas tienen capacidades diferentes. Sabemos qué derechos les otorgó la ley. Debemos comparar la realidad con la norma. Ya sea para exigir su cumplimiento o para adecuarla mejor a los hechos.
Lo que no puede continuar es esa dicotomía tan nuestra entre lo que se logra como progreso escrito y la realidad, tan lejana de aquel. Y no resulta un tema menor el comprobar cuántas veces la reglamentación de una ley desvirtúa el sentido que el legislador pretendió darle al aprobarla.
Sin lugar a dudas que este método del análisis de la ley debería ser adoptado por las comisiones del Parlamento, evitando el empeño en aprobar normas nuevas olvidando el análisis que recomendamos como método más eficaz para lograr que se compadezca el texto de la ley con su aplicación. Y para esta tarea se cuenta no sólo con los organismos oficiales que tienen responsabilidad en el tema, con las estadísticas y cifras, sino también con organizaciones no gubernamentales que trabajan en el tema y que están siempre dispuestas a colaborar para que mejoren las cosas.