Justicia cara

Reclamar el amparo de la Justicia en el Uruguay es caro. Y el Ministerio de Economía la hace más cara. En ese sentido, si bien la Constitución establece en su artículo 7° que "Los habitantes de la República tienen derecho a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad" agregando que "Nadie puede ser privado de estos derechos sino conforme a las leyes que se establecieren por razones de interés general", para muchos es muy costoso procurar aquella protección y no siempre atienden a razones de generalidad los tributos que se les imponen.

Cualquier demanda civil, contestación, comparecencia en audiencias, interposición de recursos y contestación, así como la iniciación de procesos voluntarios exigen hoy el pago de un Impuesto Judicial, que oscila, según lo reclamado, entre $ 33 y $ 297; más un timbre Palacio de Justicia, que era de $ 258 hasta el 1° de enero; más una Tasa Judicial de $196 en todos aquellos casos y en los pedidos de conciliación, transacciones, desistimientos, intimaciones de pago, diligencias preparatorias y primer escrito de asuntos voluntarios; más un timbre de ejecución judicial en las demandas y contestaciones en que se promueve ese trámite, que es del 1% del capital e intereses que se soliciten; más un timbre que hay que abonar en el Registro de Testamentos -cuando son necesarios- de $ 697, todos ellos actualizables anual, o dos o tres veces en el año. Más un timbre profesional de $68 o $10 y una vicésima con un mínimo de $ 223 para la Caja Profesional. Para el particular, que quiere ser protegido en sus derechos y que es quien los paga, en muchos, en muchísimos casos, significa un desembolso de dinero importante.

A ellos hay que agregar los viáticos que debe naturalmente proporcionarse a los Alguaciles por aquellos que no pueden transportarlos a cumplir determinadas diligencias, que oscilan en los $ 200 por vez, más el costo de los edictos, cuando corresponden, que deben realizarse en dos diarios y que hoy están fijados sólo en el "Diario Oficial", en algunos casos, en $ 36 por centímetro de texto y en otros, en $ 61 también por centímetro. Y se sigue sumando.

Su imposición, además, suele disfrazarse tras una tortuosa redacción, presuntuosa y críptica, como acaba de ocurrir con la reciente ley 18.089 de 7 de enero, donde se dice: "Derogánse a partir del 1° de enero de 2007 los artículos 358, 359, 360, 361, 362, 363 y 364 de la ley 16.320, así como el artículo 478 de la ley 16.736 y los incisos segundo y cuarto del artículo 139 de la Ley 18.046, sin perjuicio de las remisiones que otras normas realicen sobre las exoneraciones previstas en el artículo 364 de la ley 16.320, las que se mantienen vigentes" (?). Hubiera sido más fácil, sencillo y comprensible para todos, hace seis meses, cuando el Ejecutivo desapoderó al Poder Judicial del edificio Palacio de Justicia que se estaba construyendo en la Plaza Independencia, para levantar allí la "Torre Ejecutiva" en que funcionará la Presidencia de la República, decir simplemente: "Suprímese el Timbre Palacio de Justicia y sustitúyase por el Timbre Infraestructura Judicial", que haber recurrido a esa sinuosa redacción.

Legislar tampoco es fácil, por más que se disponga de mayorías regimentadas que levantan la mano para aprobar todo lo que se les presenta. Y en el caso citado, al servicio de una ley que, por si faltara algo, fue innecesaria, ya que en el artículo 139 de la ley 18.046 de 24 de octubre del 2006 se había resuelto hace tres meses, que el Timbre Palacio a partir del 1° de enero pasaría a denominarse, "Timbre Infraestructura Judicial". Con ese Timbre se dio, también, un caso de apropiación indebida y de mantenimiento innecesario desde el 30 de junio, día en que el Poder Judicial transfirió el inmueble al Ejecutivo, en que el Palacio de Justicia dejó de existir; que tenía un producido mensual de $ 1.500.000; que antes cobraba y administraba la Suprema Corte; que los particulares siguieron pagando hasta fin de año y que a partir del 1° de enero, con el nuevo nombre, recaudará el Poder Ejecutivo y pasará a engrosar las arcas de Rentas Generales.

En una época de este hermoso Uruguay se litigaba libremente, sin preocuparse de lo que había que gastar para ello; después fue necesario actuar con relativa prudencia pero ahora, hay que pensar muy bien antes de iniciar un trámite judicial, por los gastos que demanda. Es una manera indirecta de negar, en un Estado de Derecho, la prestación de un servicio tan importante como el de la Justicia, lo cual deberá incorporarse como otro mérito de estos nuevos tiempos.

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