Después que el director de Rentas, Eduardo Zaidensztat, dijera el miércoles que mantiene firme su posición de que la cadena de supermercados Tienda Inglesa debe ser clausurada por evadir impuestos, fuentes cercanas a la empresa aseguraron a El País que las inspecciones del organismo ya determinaron que no existió defraudación al fisco, razón por la cual no procedería el cierra temporal de la empresa.Según la ley vigente desde enero pasado la Dirección General Impositiva (DGI) sólo puede solicitar la clausura de una empresa cuando tiene sospechas de defraudación y en este caso el director del organismo aseguró tenerlas.
Al referirse al caso de Tienda Inglesa Zaidensztat había dicho el miércoles que "se clausuraron almacenes de barrio, tiendas, ferreterías, negocios de comidas, salas y empresas gastronómicas, empresas de distintos giros, chicas, medianas, grandes; la ley no hace diferencia para el tamaño; por tanto la DGI mantiene su posición y la Justicia determinará si tiene razón o no".
Las fuentes privadas consultadas por El País aseguraron que "las diferencias entre la DGI y Tienda Inglesa terminaron a principios de agosto, cuando después de seis meses de inspecciones el organismo encontró casos de errores, pero ni un solo caso de defraudación. Esto no es una opinión, sino que resulta claramente del acta oficial de finalización de las inspecciones".
Aseguraron que la empresa "aceptó la liquidación y está pagando las sumas correspondientes, que representan alrededor de un 0,1% de las ventas del quinquenio inspeccionado".
Las fuentes sostienen que "dado que el tema tributario quedó resuelto, parecía razonable terminar también con el expediente en que se pidió la clausura. La DGI, sin embargo, entiende que debe defender la posibilidad de clausurar en base a sospechas, aunque éstas no se confirmen por las inspecciones. Como la empresa discrepa con esta posición, seguimos discutiendo con la DGI, pero exclusivamente sobre este punto".
Hasta diciembre pasado la ley vigente permitía que la DGI solicitara a la Justicia la clausura de una empresa incluso sin tener la presunción de defraudación y solo por la constatación de errores en los aportes, lo que fue modificado por la normativa que entró a regir en enero. El de Tienda Inglesa fue el primer caso en el que se aplicó la ley actual.
Para la empresa "lo importante, en todo caso, es dejar en claro que las inspecciones confirmaron que Tienda Inglesa no cometió ninguna defraudación, y la única discusión que hoy queda es la que se refiere a la posibilidad de clausurar la empresa en base a las sospechas iniciales", dijeron las fuentes a El País.