Solidaridad draconiana

SE informó la semana pasada que el Directorio del Banco de Previsión Social por mayoría, con la oposición del representante empresarial, resolvió encomendar a sus servicios jurídicos la redacción de un proyecto de ley para remitir al Ministerio de Trabajo y este a su vez al Parlamento, donde se consigne que las empresas que contraten para cumplir servicios a otras, deberán hacerse cargo de los aportes previsionales que estas últimas hubieren incumplido.

Por poner un solo ejemplo, una empresa de construcción contrata a otra, las obras de instalación del sistema de aire de un edificio. El contratante puede responder por el buen cumplimiento de la tarea de la contratada frente al cliente, pero en lo que tiene que ver con las obligaciones de esta última ante organismos de seguridad social —o impositivos— actualmente la responsabilidad es exclusivamente de quien debe los aportes, de quien toma a su cargo la ejecución de esa tarea específica de la obra. Es lo lógico, lo que impone el sentido común. A esto se le llama, con abuso del idioma, "tercerizar" un servicio, práctica cada vez más habitual en distintos rubros de actividad por razones de especialización de tareas.

Ha dicho el director del Banco Ariel Ferrari: "no creo que ningún empresario pueda negarse cuando recibe la factura de la empresa con la que tercerizó a pedirle el certificado de que está al día con el BPS. Es el único acto que se le pide... muchas empresas contratan así para desregular y flexibilizar. No se pueden negar a pedir el certificado, salvo que sean cómplices". ("El País", 26 de agosto, 1ª sección, página 13).

VAMOS despacio, porque el asunto tiene sus bemoles. Si estuviéramos en el caso de las denominadas "empresas suministradoras de personal" la iniciativa puede justificarse porque este suele ser un procedimiento habitual para evadir la aportación al BPS. Estas empresas existen y cuando otras que esporádicamente necesitan mayor dotación de personal para determinada tarea —descarga de camiones, trabajos extraordinarios a realizar en un tiempo preestablecido por ejemplo— acuden a las "seudoempresas" que reclutan cuadrillas de trabajadores y satisfacen de esa manera las necesidades de mano de obra del requirente. Las "suministradoras" no cumplen con las aportaciones, operan como una especie de "bolsa de trabajo" y entonces quien recibe el personal, de hecho, y a su vez es el beneficiario de la prestación de los trabajadores corre el riesgo de ser considerado el verdadero empleador —con buenas razones— y de tener que hacerse cargo de las contribuciones de previsión social.

Para esos casos, ya no por imperio de la ley sino por cuidado del propio pellejo del contratante, es conveniente que este exija la comprobación que quien le envía el personal esté al día en el cumplimiento de sus obligaciones para con el Banco. Más que un problema legal es un problema de hecho, porque si se constata que la pretendida empresa contratada no es más que un intermediario, la retribución que perciba del contratante será una suerte de comisión y el que tendrá que ponerle el pecho a las balas será este último, quien le solicitó ese personal.

PERO fuera de estos casos, cuando pueda demostrarse, haciendo aplicación del principio de la realidad, que verdaderamente existe una relación contractual de empresa a empresa, pretender imponer la solidaridad del contratante por las omisiones tributarias del contratado es excesivo y no tiene justificación alguna. No se trata de que el "único acto" que se le pide al primero es la exhibición del certificado de estar al día.

Se trata, en cambio, de que no hay motivo alguno para que tenga que efectuar ese contralor, que implica trasladarle a un particular los cometidos de inspección y fiscalización que le corresponden al organismo recaudador.

Entonces hay que tener cuidado con lo que se pretende legislar porque si nos atenemos a la información tal cual fue publicada, estaríamos frente a un abuso que no tiene justificación alguna.

CON toda razón el representante empresarial en el Directorio del Banco, Sr. Menéndez, ha dicho que apoya toda decisión que se ha tomado —y tomado bien— en aras de la transparencia, que es lo que se corresponde con la filosofía de lo que debe ser una seguridad social bien entendida. Esta no admite imposiciones de solidaridad con perfiles draconianos.

Biopiratería

No es necesario afirmar que Sudamérica es una de las regiones del planeta más ricas en diversidad biológica. El problema es que el uso que estamos haciendo de ella está muy alejado de ser el conveniente para los intereses de nuestras comunidades. La degradación, contaminación, sobreexplotación y piratería que sufre, se identifican entre las principales causas de la miseria que padecen millones de latinoamericanos.

Uno de los asuntos más sensibles a tratar es la lucha contra la biopiratería —o sea el uso ilegal de los recursos genéticos y de los conocimientos tradicionales de los pueblos, que hacen posible darle un uso concreto a esos recursos. Hasta ahora ha sido moneda corriente, permitiéndole a grandes empresas de los países industrializados obtener pingües ganancias, sin compartirlas con los dueños originales. Pero las cosas están cambiando. La Secretaría General de la Comunidad Andina (CAN) y la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), con el apoyo de Centro Internacional de Investigaciones para el Desarrollo (IDRC) de Canadá, suscribieron un convenio para luchar contra la biopiratería en los países andinos, que debe servir de ejemplo.

Entre otros aspectos, el acuerdo procura asegurar el respeto a los derechos de los países y de los pueblos indígenas, a la hora de conceder patentes que incorporen recursos genéticos y conocimientos ancestrales. Si lográramos avanzar en esa dirección, el futuro de la región se presentará muy auspicioso. Por lo tanto debemos trabajar duro en ello, y mostrarnos cada vez mejor preparados para defender nuestros derechos.

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