Es obvio que en el referéndum contra la Ley Nº 17.748, la que ha dado en llamarse "Ley de Ancap", lo que debe discutirse y decidirse, porque es lo que cuenta, para nuestro país y nuestros compatriotas, es si el contenido dispositivo de dicha ley es bueno o malo. "U séase", si es beneficioso o perjudicial para los intereses nacionales.
El debate, entonces, debiera lógicamente centrarse en el análisis del articulado de esa normativa sobre el régimen jurídico en que debiera funcionar Ancap en el futuro. Desde tal óptica, que es la única válida y racional para emitir el voto el 7 de diciembre, lo que cuenta es:
1º) Se suprimen, a partir de fechas más o menos próximas, todos los monopolios de que es titular el ente, evidentemente nocivos para la economía del país, para sus empresas, sus productores y sus habitantes en general. Monopolios que, por añadidura, son incompatibles con el Tratado de Asunción y que, por tanto, están condenados a desaparecer, Mercosur mediante.
2º) Ancap no se vende, como ha debido reconocerlo Tabaré Vázquez, jaqueado por Lacalle. Pero tampoco se regala ni se arrienda. Sí se asociará, si aparecen interesados, con alguna empresa petrolera privada, que le dé oxígeno financiero y la habilite a competir eficazmente en un mercado que será libre. Pero esa asociación, naturalmente, será a título oneroso, pues será precedida de un llamado a licitación pública internacional, cuyo procedimiento "podrá incluir etapas de puja pública entre los oferentes precalificados" (art. 21 de la ley).
3º) Ancap "tendrá la mayoría accionaria de la sociedad así creada". Y su participación "en la gestión asegurará que las decisiones estratégicas de la sociedad a constituirse deberán contar con su consentimiento" (arts. 3º y 4º de la ley).
Debo confesar que algunos de estos conceptos y elementos básicos y determinantes de la decisión a tomar y del voto a emitir por todos los ciudadanos, recién los tuve claros cuando leí de punta a punta el texto de la Ley 17.748, publicado en la prensa el domingo 28 de setiembre por el Directorio de Ancap, acompañado de glosas aclaratorias. Tal decisión, que ayudará a los uruguayos a aprobar o rechazar dicha ley en forma fundada y no en base a eslóganes mentirosos, como el de que "Ancap se vende", no puede sino ser vista como una acción razonable y merecedora del beneplácito general.
Sin embargo, dicha acción del Directorio del ente desencadenó las sacrosantas iras de la dirigencia del Frente Amplio, promotora de este referéndum a remolque del sindicato "ancapeano". Y, sobre todo, del senador Korzeniak. Quien, enancado en el picazo de sus conocimientos constitucionales, desembarcó con gruesa artillería jurídica en la mesa política del F.A. y será, el próximo martes, el interpelante del nuevo Ministro de Industria por el supuesto grave pecado del Directorio de Ancap. Grave pecado de defender una ley de cuya aplicación depende que el ente sobreviva o perezca. Pregunto, entonces:
¿Si la ley dispusiera, por ejemplo, la supresión de Ancap a partir del 1º de enero del 2006, no podría —más bien debería— su Directorio, apoyar públicamente un referéndum contra la misma? ¿O debiera, por el contrario, permanecer silente ante esa crónica de su "muerte anunciada", dijera García Márquez? Tales preguntas son de respuesta obvia. Rechina con el sentido común, por tan obvia causa, que la dirigencia frentista se rasgue las vestiduras y se abrace al num. 4º del art. 77 de la Carta, que veda a los Directores de los Entes Autónomos toda actividad política, cuando el Directorio de Ancap pone los puntos sobre las íes y barre con la engañifa grandota que es este referéndum.
Actitud reprobable que reside en tomar lo adjetivo por sustantivo. Lo formal por sustancial. Lo que no estaba en discusión por lo que sí está y debe seguir estando en discusión.
Dicho, pues, con mayor claridad: todo este alboroto por el aviso de Ancap no es más que una manifiesta cortina de humo. Quieren tapar el cielo con un harnero.