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Vulnerabilidad social

Marcelo Gioscia Civitate | Montevideo
@|Y perjuicios ideológicos.

El fallecimiento de personas en situación de calle producto entre otras causas de las muy bajas temperaturas al comienzo del invierno, no sólo en la capital sino también en el interior de nuestro país, ha obligado a las autoridades a establecer la “alerta pública de nivel rojo y alcance nacional”; y más allá de prejuicios ideológicos, se ha resuelto aplicar la normativa vigente que implica la evacuación e internación compulsiva de estas personas, a efectos de velar por su vida.

Sabido es que un gran porcentaje de las personas sin hogar -cuyo número parece haber aumentado especialmente fuera de Montevideo- padecen problemas psiquiátricos y de adicciones, según los relevamientos efectuados por el Ministerio de Desarrollo Social, lo que dificulta un “abordaje técnico” en cada uno de los casos. Ello -sin perjuicio de las enfermedades pre existentes- sumado al deterioro físico que supone vivir en esas condiciones de extrema vulnerabilidad han determinado acciones de las instituciones y equipos multidisciplinarios que conforman el SINAE, a buscar aplicar políticas de contención y resguardo.

Por ello, más allá de prejuicios ideológicos y de la tentación de utilizar políticamente estas lamentables situaciones con resultado muerte (para llevar agua para su propio molino), resulta menester aplicar la Ley de Internación Compulsiva, si es que realmente se pretende salvaguardar vidas en situación de riesgo.

Del mismo modo, la normativa busca proteger la integridad de los vecinos y atendiendo ambos aspectos es que entonces se logrará mitigar en algo esta realidad social que a todos nos afrenta.

A nadie escapará la multiplicidad de cuestiones que hay que considerar a la hora de terminar con estas situaciones de hecho, que van mucho más allá de aplicar la Ley de Faltas, sino además de mantener el buen y decoroso uso de los espacios públicos, con la intervención de la autoridad policial y de los gobiernos departamentales en cada caso que se requiera.

Ciertamente, dormir en la calle no es un derecho, sino la comprobación de un muy triste desamparo de diversa índole, que debe resolverse y atenderse para corregirlo.

Los recursos financieros destinados al MIDES deberían aplicarse con la mayor efectividad y eficacia para atender esas situaciones de vulnerabilidad que, si bien justifican su razón de ser institucional, deberían significar aplicar con determinación y diligencia políticas que realmente mitiguen y corrijan estas situaciones de emergencia, respetando derechos, sin pretender eternizarlas. Bueno es recordar que las medidas de emergencia no pueden durar indefinidamente, pero la correcta aplicación de los recursos disponibles debería poder medirse a efectos de corroborar y comprobar sus resultados.

Cada servicio implicado en la aplicación de estas políticas públicas será responsable de la buena utilización de esos recursos dentro del marco legal que los rige y los órganos de contralor habrán de estar atentos ante cualquier desviación que se padezca.

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