Opinión de un gaucho | Montevideo
@|De todas las publicaciones y programas de TV surge que toda la recaudación del BPS, por aportes de trabajadores y empresas, se destina sólo un entorno del 50% al pago de jubilaciones y pensiones.
¿Y el otro 50%? Se destina al presupuesto de gastos y servicios y “fines sociales”, según el art. 4 de la ley 15.800.
En mi modesta opinión, corresponde que el 100% (la totalidad de los aportes de los trabajadores y empresarios) se destine al pago de jubilaciones y pensiones exclusivamente; y el resto de las prestaciones y servicios que menciona el art. 4 antedicho cuente con sus propios recursos, definidos en cada período por el presupuesto estructurado a tales fines por el BPS y conforme a las políticas de Estado, evitando que sólo los pasivos carguen con esas obligaciones y no la totalidad de la sociedad.
Concomitantemente habrá que recalcular los déficits esperados en cada caso en forma más racional (aportes, jubilaciones y pensiones por un lado, y recursos presupuestados para las prestaciones y servicios que se definan en cada período).