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Legislar bajo presión

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@|Muchas veces nos hemos cuestionado si el principio de igualdad que establece nuestra Constitución en su artículo 8vo. tiene un alcance absoluto, pues cuando claramente dispone: “Todas las personas son iguales ante la ley no reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes”, al parecer no quedaría duda de que frente a la Ley, todas las personas somos iguales.

Sin entrar a analizar qué se entiende por “igualdad”, percibimos que el alcance de esta norma constitucional refiere a esa circunstancia que impone el sometimiento de todas las personas frente al mandato de la Ley. No obstante, otro principio señala que “no hay peor injusticia que tratar en forma igual a desiguales”, y quizá por esta razón es que, cuando el legislador establece una “discriminación positiva”, lo que hace es crear un privilegio para equilibrar o recomponer una determinada situación de desigualdad, que de otro modo no pudiese ser reparada.

Por ello no alcanzamos a comprender que se haya aprobado por el Poder Legislativo la denominada “Ley Trans”, impulsada por un colectivo LGTBI, que ha actuado verdaderamente como un grupo de presión obteniendo en puridad, más privilegios que derechos frente al resto de la población heterosexual. Y ello es así por cuanto, ya desde el año 2004, con la Ley 17.817 nuestro sistema jurídico había sancionado esta norma contra el racismo, la xenofobia y la discriminación por género. Cinco años después en 2009, se sancionó la Ley 18.620 que fortaleció lo referido a la identidad de género, cambio de nombre y sexo registral. Las disposiciones citadas ya reconocían derechos para estas personas. No obstante, a los impulsores de la novel norma no les parecían suficientes, e impulsaron una campaña de recolección de firmas en favor de sus intereses, para demostrar al Parlamento, el apoyo con el que contaban. Algunos legisladores del partido de gobierno, no ocultaron su preferencia sexual ni su orgullosa pertenencia a ese colectivo, pero lamentablemente y para la tribuna, presentaron a quienes no compartían su reclamo (en el mejor de los casos) como “homofóbicos”, favoreciendo (al denostarlos y descalificarlos) la fractura social que ya existe, muy lejos de la necesaria tolerancia republicana, frente a los que no piensan igual y plantean sus disidencias.

Así, bajo presión, los legisladores aprobaron cupos de becas, derecho de acceso a vivienda para los miembros de este colectivo así como la condición de “grupo prioritario” en la calificación para el otorgamiento de crédito por inversiones a las empresas privadas que los contraten y hasta la temprana “hormonización” de menores de dieciocho años, con consecuencias irreversibles. Muchos legisladores argumentaron que no pudieron contar con informes científicos a este respecto.

Pero la presión dentro y fuera del Palacio Legislativo se hizo sentir. Un gran descontento ha generado además en nuestra sociedad, el consagrar una “pensión” que supera el mínimo de las jubilaciones de quienes trabajaron y aportaron al BPS toda su vida.

La diferencia en el trato a enfermos -que deben recurrir a los tribunales para que se obligue al Estado MSP, siempre “escaso de recursos”, la compra de medicamentos de alto costo- resulta evidente. Nada más alejado de la necesaria paz y concordia, que debiera prevalecer entre los distintos grupos sociales en un Estado de Derecho que se precie de tal.
Y esta circunstancia, de flagrante diferencia, que provoca un callado resentimiento, tarde o temprano tendrá ocasión de manifestarse.

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