Roberto Alfonso Azcona | Montevideo
@|Si el género es una opción de vida, que cada quien se haga cargo sin esconderse.
- 1. El principio de veracidad registral y transparencia pública.
Los registros públicos del Estado (como el Registro Civil) tienen como función principal: dar fe de los hechos ciertos y objetivos que configuran la realidad de un ciudadano; ocultar o sustituir un dato biológico por una percepción de género altera la función del registro.
Incluir ambas categorías (Sexo y Género) no vulnera la identidad de nadie; al contrario, transparenta la realidad completa del individuo.
El Estado no debe verse obligado a elegir entre la biología y la vivencia interna, sino reflejar ambas para mantener la integridad de sus bases de datos.
- 2. Seguridad médica y salud pública.
La distinción biológica entre varón y mujer tiene implicancias médicas críticas que la identidad de género no puede modificar.
Enfermedades genéticas, respuestas a fármacos, dosis de anestesia, riesgos epidemiológicos y necesidades de cribado (como el cáncer de próstata o de cuello uterino) dependen estrictamente del sexo cromosómico y biológico.
Si un documento oficial de identificación (que suele estar unificado con los sistemas de salud) elimina el sexo biológico, se pone en riesgo la eficacia de la atención médica de urgencia.
Exponer ambos datos garantiza que el personal de salud conozca la realidad biológica del paciente respetando, al mismo tiempo, su trato social.
- 3. Seguridad jurídica y derechos de terceros.
El derecho a la identidad de una persona termina donde empieza el derecho de los demás a no ser llamados a engaño.
En el ámbito de las relaciones privadas, los contratos, los seguros o los vínculos de pareja, el sexo biológico de los individuos puede ser un factor determinante para el consentimiento y la toma de decisiones.
Exponer con claridad el sexo y el género en la documentación evita zonas grises legales o acusaciones de ocultamiento; permite que la convivencia social se base en la buena fe y en la información completa, protegiendo las expectativas legítimas de terceros.
- 4. Eficacia en las políticas públicas y estadísticas.
El Estado diseña políticas públicas, asigna presupuestos y evalúa el impacto social basándose en datos demográficos.
Las brechas salariales, la violencia doméstica, las tasas de natalidad o la esperanza de vida están profundamente ligadas al sexo biológico o a la condición de transicionar de un sexo a otro.
Si las personas trans son asimiladas registralmente de forma idéntica al sexo opuesto, las estadísticas estatales se distorsionan; mantener ambos casilleros visibles permite al Estado formular políticas precisas para las mujeres biológicas, los hombres biológicos y la población trans, atendiendo las necesidades específicas de cada grupo.
- 5. Responsabilidad individual: hacerse cargo de la elección.
Toda elección de vida madura y consciente conlleva asumir las consecuencias de las propias decisiones ante la sociedad.
Si una persona decide libremente transicionar y vivir bajo un género distinto al de su nacimiento, la madurez cívica exige que asuma esa realidad de manera abierta y transparente.
La exigencia de que el Estado borre el rastro del sexo biológico para simular una condición que no es la de nacimiento puede interpretarse como una falta de asunción de la propia realidad; exponer el género elegido junto al sexo biológico dignifica la decisión de la persona, se le reconoce su derecho a vivir bajo el género que desea, pero obligándola a hacerse cargo de su historia personal y biológica ante la comunidad.