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Juan Oribe Stemmer
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En los últimos meses han atraído la atención pública asuntos que se refieren a los intereses, derechos y deberes de nuestro país en el Río de la Plata: el impacto ambiental del emisor subacuático que construye Argentina, el proyectado Canal Magdalena, y la profundización del Canal de Acceso al Puerto de Montevideo.

No debería ser necesario enumerar, nuevamente, los intereses del Uruguay en el Río de la Plata, incluyendo sus usos, recursos y medio ambiente. Ese conocimiento es algo que está, o por lo menos debería estarlo, registrado en el ADN de nuestro país.

Los dos países ribereños, Argentina y Uruguay, luego de un no siempre armonioso proceso (uno de cuyos hitos fue el Protocolo Ramírez - Sáenz Peña sobre navegación y usos del Río de la Plata, suscrito en 1910) firmaron el Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo en noviembre de 1973. Este resolvió temas clave para ambos (como áreas de jurisdicción, recursos naturales vivos y no vivos, medio ambiente, navegación y puertos); estableció dos Comisiones binacionales para tratar la variedad de temas que surgen en la convivencia entre ambos en el río y en el Frente Marítimo; y, dispuso un mecanismo de solución de controversias que siempre es necesario tener presente (aunque siempre sería preferible no tener que recurrir a él).

Tenemos, entonces, los vitales intereses, derechos y deberes de nuestro país en el Río de la Plata y los medios para tutelarlos: los instrumentos jurídicos e institucionales acordados en el Tratado de 1973.

Pero, en la práctica, los medios, los instrumentos, son tan buenos y eficaces como quienes se encargan de estudiarlos y aplicarlos. Nuestro país, tiene un interés fundamental en defender la aplicación estricta del Derecho internacional en general, y del Tratado en particular. Es aconsejable no perder tiempo en declaraciones sobre estrategias de negociación, a veces absurdas o contraproducentes, y concentrar nuestros esfuerzos en la silenciosa y reservada labor de aplicar en toda su amplitud los instrumentos jurídicos que nos brinda el Tratado.

No es una tarea sencilla. La agenda de las relaciones entre los dos países dentro del marco del Tratado es compleja y de largo plazo. Los asuntos en la agenda de las Comisiones suelen involucrar numerosos organismos en la Administración de cada país y requieren la combinación de saberes de naturaleza técnica y científica que también están repartidos en diferentes centros de decisión o de estudio. Las Comisiones han acumulado una considerable experiencia institucional a lo largo de décadas de funcionamiento (la importancia de la memoria institucional). Se requiere conocimiento, experiencia técnica y diplomática acumulados a través de décadas de práctica continuada en el área del Tratado y procedimientos eficaces de rendición de cuentas (accountability) y buena gobernanza, indispensables en toda sociedad democrática.

La responsabilidad política y la buena gobernanza son una consecuencia inevitable de la naturaleza de los intereses, derechos y deberes de nuestro país en el área del Tratado. La sociedad uruguaya tiene el derecho (incluso el deber) de estar informada sobre como sus mandatarios los defienden y protegen. Los episodios mencionados sugieren que se han cometido errores y que no se informó oportuna y debidamente a la sociedad civil de ellos.

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