El pasado lunes 25 de agosto celebramos el bicentenario de nuestra independencia. Sin embargo, la celebración no estuvo exenta de polémica por algunos que impugnan esa fecha proponiendo en su lugar el 18 de julio de 1830 - jura de la Constitución - o en su caso el 4 de octubre de 1828 - fecha del intercambio de ratificaciones de la Convención preliminar de Paz -.
Escribo este artículo para reafirmar que la fecha de la independencia de la nación oriental no es otra que el 25 de agosto de 1825 - y así debe ser celebrada y recordada -.
Para demostrarlo me basta con transcribir la Declaración que reza así: “En la Villa de San Fernando de la Florida, a las siete de la noche del día 25 de agosto de 1825, la Honorable Sala de Representantes de la Provincia Oriental del Rio de la Plata, en uso de la soberanía ordinaria y extraordinaria que legalmente reviste para constituir la existencia política de los Pueblos que la componen, y establecer su independencia y felicidad, satisfaciendo el constante, universal y decidido voto de sus representados; después de consagrar a tan alto fin su más profunda consideración, obedeciendo la rectitud de su íntima conciencia, en el nombre y por la autoridad de ellos, sanciona con valor y fuerza de Ley fundamental lo siguiente:…”
Esto no es una introducción, mi estimado lector. Ni un proemio, ni una formalidad notarial. Esto es una declaración estremecedora que revela la conciencia constituyente que animaba a los integrantes de aquella Asamblea. Los conceptos vertidos eximen de mayores comentarios: “en uso de la soberanía ordinaria y extraordinaria” “constituir la existencia política de los pueblos que la componen” “establecer su independencia y felicidad” “sancionar con valor de ley fundamental”. Acá no hay la menor intención de limitar o ceder soberanía, sino una profunda vocación de ejercerla. Nada ha sido dejado al azar. A tal punto que ni siquiera es casual que haya sido un sacerdote quien presidiera la Asamblea. La Iglesia jugó un papel fundamental en nuestra independencia. Y la presencia de Larrobla allí no viene sino a reforzar el carácter fundacional que pretendía dársele al Acto de la Florida.
Y si a alguien le caben dudas respecto a su alcance, la propia Declaración las despeja de inmediato, expresando que la misma reviste carácter universal. Dice la Ley de independencia: Declárase “írritos, nulos, disueltos, y de ningún valor para siempre, todos los actos de incorporación, reconocimiento, aclamaciones, y juramentos arrancados a los Pueblos de la Provincia Oriental, por la violencia de la fuerza (…) reasumiendo la Provincia Oriental la plenitud de los derechos, libertades y prerrogativas inherentes a los demás Pueblos de la tierra; se declara de hecho y de derecho, libre e independiente del Rey de Portugal, del Emperador del Brasil, y de cualquier otro del Universo” (sic).
A continuación, viene la tan debatida Ley de Unión que reza: “La Honorable Sala de Representantes, en virtud de la Soberanía que legalmente reviste, declara: que su voto, es y debe ser, por la unidad con las demás Provincias Argentinas a que siempre perteneció, por los vínculos más sagrados que el mundo conoce (…) por ser la libre y espontanea voluntad de los Pueblos que la componen”.
Seguramente esta ley haya tenido motivaciones socio-económicas como dice Barrán o militares como dice Pivel, o quizás simplemente familiares como sugiere Leonardo Guzmán - la propia ley de unión hace referencia expresa a “los vínculos más sagrados”-. Sin embargo, todo eso no conmueve un ápice la ley de independencia. La ley de Unión no viene a desmentir ni a contradecir y menos aún a neutralizar la ley de independencia. ¿Por qué? Porque solo se puede unir lo que está separado. La clave de la ley de unión es que es ley segunda. Es una segunda intención. La ley de unión está supeditada y subordinada a la ley de independencia. A tal punto que la unidad vale en tanto y en cuanto no afecte la soberanía oriental. La ley de unión es un voto de hermandad. No más que eso.
La bandera de los 33 Orientales no decía “Viva las provincias unidas del Río de la Plata”. La bandera decía “Libertad o Muerte”.
La Constitución de 1830 constituye jurídicamente al estado uruguayo - qué duda cabe -. Pero la Constitución no crea la independencia política de la nación oriental, sino que se limita a reconocerla. Fuimos una nación independiente antes de ser un país independiente. Uruguay no es un constructo. Y es cierto que no hay 1830 sin 1828, pero no es menos cierto que no hay 1828 sin 1825. Y no dudo de que Ponsonby haya tenido su incidencia en los eventos que rodearon a la Convención Preliminar. Pero lo que me importa señalar es que no hay Convención Preliminar de Paz si Rivera no toma las Misiones. Y Rivera no conquistó las Misiones guiado por un fervor rioplatense, sino por un ímpetu oriental - heredado de Artigas -. Y por eso es un héroe nacional junto con Lavalleja y Oribe. El primero desde adentro se aseguró la cohesión interna poniéndose al frente del ejército nacional y los otros dos desde afuera se aseguraron la cohesión externa poniéndose al frente de las fuerzas revolucionarias. Los tres sabían que el momento adecuado llegaría.
Y efectivamente así fue. El abrazo del Monzón no es un abrazo rioplatense; es un abrazo oriental que marcará el derrotero de la revolución hacia la independencia. Lavalleja, Rivera y Oribe (más allá de las divisas) nunca dejaron de ser “tenientes de Artigas” y por lo tanto nunca dejaron de luchar para que el sueño artiguista se mantuviera en pie. Es cierto que el sueño del “General” era más grande (Liga Federal). Y es cierto también que ese “gran sueño” no llegó a concretarse. Pero no es menos cierto que la revolución artiguista siempre tuvo cuatro frentes: el poder español, el poder norteño, el poder porteño y el poder extranjero. La impronta revolucionaria de Artigas permanecerá grabada a fuego en los corazones de los tres y los guiará hasta el final de sus vidas.
La independencia de la Provincia Oriental no es el resultado de un proceso. Esa palabra maldita lo despersonaliza todo, para terminar atribuyendo nuestra independencia a una suerte de influjo de fuerzas y potencias “sin rostro”. La idea de “proceso” lo borra todo a su paso y nos deja sin nada, privando incluso a las nuevas generaciones - como dice Guzmán - del carácter ejemplar de sus padres fundadores.
La independencia de la nación oriental nació en Agosto de 1825 y así debe ser celebrada y recordada. Y esa independencia no fue el fruto de ningún proceso, sino del arrojo y la valentía de hombres y mujeres que dieron su vida para que este país sea, precisamente eso, un país - y no la colonia ni la provincia de nadie.