El Poder Ejecutivo emitió un decreto que establece que se gravarán un conjunto de aceites comestibles puros producidos en Argentina, al haberse comprobado que eran exportados hacia Uruguay a precios de "dumping" es decir por debajo de los valores a los que eran vendidos en su lugar de origen.
La investigación había sido pedida por la empresa Compañía Oleaginosa Uruguaya S.A. (Cousa) en el año 2001.
Las actuaciones realizadas demostraron que las exportaciones con "dumping" las habían realizado las empresas Aceitera Martínez, Refinerías de Maíz, Arcor, Aceitera General Deheza, Nidera y Molino Cañuelas. Según el decreto, el margen de "dumping" varía desde un máximo del 49,78% en el caso de Nidera hasta el 3,47% de Aceitera Martínez. Los derechos específicos varían precisamente en función del margen de "dumping" comprobado.
Otras dos empresas exportadoras, Tanoni Hermanos y Molinos Río de la Plata no serán afectadas por el gravamen, porque se comprobó que no habían incurrido en "dumping".
MEDIDAS. Como consecuencia de los resultados de la investigación, el gobierno decidió fijar derechos específicos para las operaciones de exportación a Uruguay de aceites comestibles refinados puros y de origen vegetal producidos en Argentina y que se despachan por las disposiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur a seis exportadoras.
Los derechos específicos que se impondrán varían desde 2 a 26 centavos de dólar por litro.
En la resolución se especifica que Nidera, Arcos, Deheza y Molino Cañuelas no facilitaron información para facilitar la indagatoria por lo que se debió recurrir a información que obtuvo la Dirección Nacional de Industria del Ministerio de Industria, Energía y Minería.
La fijación de los derechos específicos tiene una vigencia de tres años.
En los considerandos del decreto se especifica que se comprobó que las exportaciones con "dumping" de los mencionados aceites generaban daño a la producción nacional.
La investigación comprendió fundamentalmente a aceites puros de soja y girasol y fue dispuesta por los ex ministros de Economía y de Industria, Alberto Bensión y Sergio Abreu, respectivamente, y por el subsecretario de Ganadería, Agricultura y Pesca, Martín Aguirrezabala y su colega de Relaciones Exteriores, Guillermo Valles.
Previamente se habían establecido derechos específicos para los aceites comestibles de mezcla también de origen argentino.
CANAL ROJO. Además, mientras se sustanciaba la investigación, el gobierno dispuso que se aplicaría a las importaciones de los aceites puros el procedimiento denominado "canal rojo" y el examen físico a través de la extracción de muestras y análisis correspondientes.
En esa oportunidad, también se fijó un monto de garantía aplicable a la importación de aceite comestible refinado puro, originario o procedente de Argentina, de U$S 0,32 por litro.
Cousa, que tiene las marcas de aceite Optimo, Primor, Sibarita, Uruguay y Sarandí y que es la principal fabricante local de aceite comestible se presentó como la principal perjudicada por estas situaciones de "dumping".
La semana pasada, el Poder Ejecutivo decidió clausurar sin consecuencias una investigación por presunto "dumping" de cemento gris fabricado por la empresa Cementos Mexicanos (Cemex). La indagatoria había sido solicitada por Ancap, la Compañía Nacional de Cementos y la Compañía Uruguaya de Cemento Portland.
Otra impulsada por la empresa de aceros Armco que denunció a fabricantes australianos, también por posible "dumping", quedó sin efecto luego de que la fabricante llegara a un acuerdo con los importadores.