De acuerdo a un decreto divulgado ayer, se exonera de pago de IRPF, por parte de los empleadores, a las canastas de fin de año así como las primas por matrimonio, nacimiento de hijos y gastos fúnebres de los trabajadores. La entrega de material educativo, uniformes, etc. para los hijos del empleado tampoco estará gravada.
Se esperaba que todas estas partidas especiales para los empleados estuvieran gravadas por el IRPF pero el Ministerio de Economía las excluyó del impuesto.
En el caso de las canastas de fin de año, estarán gravadas por el IRPF si su costo supera los $ 5.000 o el 10% del sueldo del trabajador.
Hay también exoneraciones para cursos de capacitación de empleados de empresas siempre y cuando sean éstas las que paguen los mismos.
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