Facundo Segarra, El Tiempo/GDA
El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, ha vuelto a tomar medidas que impactan a migrantes legales en el país. En esta ocasión, el gobierno estadounidense decidió finalizar el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) para miles de extranjeros que provenían de dos naciones en particular. Este estatus beneficiaba a las personas nacidas en países que se encuentren en conflictos por guerras, desastres ambientales o condiciones extraordinarias.
Según informó la agencia Reuters, Afganistán y Camerún son los dos países afectados por esta nueva medida de Trump: 14.000 afganos y 8.000 cameruneses ya no podrán acceder al beneficio. La decisión, según una portavoz del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés), estuvo basada en una revisión de las condiciones de Afganistán.
La misma fue llevada a cabo por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés), y en el proceso, la agencia consultó con el Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés).
Cabe recordar que el TPS proporciona un permiso de trabajo y protección contra deportaciones a los extranjeros de los países que son beneficiados -en este caso Camerún y Afganistán-, entendiendo que el secretario de Seguridad Nacional tiene la capacidad de decidir cuando un país merece la designación de TPS.
Además, dichas designaciones pueden ser otorgadas por 6, 12 o 18 meses y, por lo menos 60 días antes de que venza el TPS, siendo el secretario quien decide si se extiende o se cancela el mismo.

Los países que todavía siguen incluidos en el TPS de Estados Unidos
Según informa el sitio web oficial de Uscis, hay 15 países que pueden acceder al TPS en Estados Unidos, y son los siguientes:
- Birmania (Myanmar)
- El Salvador
- Etiopía
- Haití
- Honduras
- Líbano
- Nepal
- Nicaragua
- Somalia
- Sudán
- Sudán del Sur
- Siria
- Ucrania
- Venezuela
- Yemen
Los requisitos para ser elegible para el TPS en Estados Unidos son:
- Ser un ciudadano de un país designado.
- Presentar la solicitud durante el periodo inicial de inscripción o reinscripción.
- Haber estado presente físicamente de forma continua en Estados Unidos desde la fecha de efectividad de la fecha de designación más reciente de su país.
- Haber residido continuamente en Estados Unidos desde la fecha especificada para su país.
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