Unión concubinaria a un paso de ser ley

El proyecto de ley de unión concubinaria, votado por Diputados el 28 de noviembre, garantiza derechos y obligaciones para las parejas hetero y homosexuales que convivan más de cinco años sin interrupciones. La norma define como unión concubinaria la situación de hecho donde dos personas -cualquiera sea su sexo, identidad u orientación sexual- mantienen una relación afectiva de índole sexual de carácter estable y sin estar unida por matrimonio. Los concubinos están obligados a asistirse en forma recíproca y contribuir en los gastos del hogar. Además, la norma establece la creación de sociedad de bienes, derechos sucesorios y el cobro de pensiones por fallecimiento, entre otras disposiciones. Ahora el proyecto volverá al Senado.

"Es todo un hito; protege diversidad"

El diputado del Nuevo Espacio, Diego Cánepa, casado y con hijos, se refirió a la ley de unión concubinaria como "un hito" en la legislación social que asegura derechos que "no estaban reconocidos". Es muy importante porque protege la diversidad de opciones de los ciudadanos ya que le da amparo real a algo tan íntimo como elegir con quién vivir y de qué manera construir una familia", sentencio el diputado redactor del proyecto.

Desde la entrada en vigencia de la norma "los uruguayos podrán optar por tres opciones de vida en común: matrimonio, unión libre y unión concubinaria", explicó, y agregó que esta ley establece puntos de contacto con la institución del matrimonio en su conformación, nacimiento y disolución.

"La Constitución dice que la familia es la base de la sociedad y esta es una ley que verdaderamente preserva a la familia porque protege la diversidad de las familias y no sólo un modelo", destacó. "Esta ley reconoce una realidad social legitimada y demostrada por estudios sociológicos y demográficos".

A juicio de Cánepa, regular los concubinatos es uno de los "elementos más removedores" a pesar de que no se cumple con todas las demandas de los grupos de homosexuales. Ya que, a su entender, es profundamente discriminatorio e inequitativo intentar imponer a través de la ley una supuesta moral única en la sociedad.

Para el legislador este es un proyecto que se basa en un concepto de radicalización de la democracia y pretende llevarla a la búsqueda de la ampliación de los espacios de libertad para "proteger las opciones de vida que cada individuo quiera tener".

"La verdadera libertad existe cuando se protege la diversidad de opciones", señaló. "Dar protección legal a las opciones que ya tienen los ciudadanos es proteger a unos sobre otros sin ninguna razón más que mantener una profunda injusticia. Esta ley busca tratar a todos por igual", sostuvo.

"Desconocimiento del orden jurídico"

Desde el Partido Nacional, el diputado Álvaro Alonso criticó el proyecto de ley de unión concubinaria porque crea un "instituto paralelo" al matrimonio.

El representante nacional alegó que su posición es contraria a establecer un instituto que compita con el matrimonio y que se transforme en una "opción de segundo grado" en la constitución de la familia.

Alonso destacó que esta norma no recoge el concepto de familia sustentado por la Constitución, ya que en la misma se traduce la idea de un agrupamiento que exige la presencia de ciertos requisitos, como ser la convivencia y estabilidad.

"Surge del espíritu constitucional que la familia protegida es una familia heterosexual y no una comunidad de vida de dos personas cualquiera sea su sexo, como lo establece el proyecto aprobado", sentenció Alonso.

El diputado explicó que, a partir de la situación social que atraviesa Uruguay, una de las grandes preocupaciones es la de fortalecer a la familia como célula base de la sociedad y que, a su entender, este proyecto desvirtúa la organización de la sociedad, donde es primordial la conformación de la familia y el matrimonio.

"No hemos votado el proyecto por entender que el articulado tal cual está redactado implica un total desconocimiento al ordenamiento jurídico y constitucional vigente al prevenir, entre otras, el cese de la obligación de fidelidad mutua si los cónyuges no viven de consuno", explicó.

Por todo esto Alonso planteó una alternativa reconociendo que, aquellas personas que tuvieran una convivencia ininterrumpida de al menos cinco años en unión concubinaria, mantuvieran una relación afectiva de índole sexual, de carácter exclusiva, estable y permanente y que resolvieren unirse en matrimonio entre sí, tengan los mismos derechos y obligaciones que los previstos para los cónyuges desde el inicio de dicha unión.

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