DOCUMENTO
"Ante la situación epidemiológica actual a nivel global y nacional y basado en las recomendaciones de la OMS, se actualizan los lineamientos", indica el Ministerio.
El Ministerio de Salud Pública dio a conocer este martes la nueva disposición relativa a testeo, aislamiento y cuarentena por casos de covid en Uruguay.
La normativa indica que "ante la situación epidemiológica actual a nivel global y nacional y basado en las recomendaciones de la OMS, se actualizan los lineamientos para la indicación de testeo para SARS-COV-2". Estas son las nuevas disposiciones.
Desde la fecha de este documento no se realizará testeo como criterio de levantamiento de aislamiento en ningún caso confirmado, agrega el MSP:
Grupos de riesgo
Los grupos de riesgo están integrados por las siguientes personas, según define el MSP:
- Adultos mayores (> 60 años);
- Mujeres embarazadas;
- Personas con enfermedades crónicas (enfermedad cardíaca crónica, enfermedad pulmonar crónica, insuficiencia renal crónica, enfermedades metabólicas como diabetes, enfermedades neuromusculares, enfermedades hepáticas crónicas y enfermedades hematológicas crónicas)
- Personas con Síndrome down
- Pacientes con condiciones inmunosupresoras, como VIH / SIDA, sometidos a quimioterapia o usuarios crónicos de corticoesteroides, neoplasias.
Duración del tiempo de aislamiento
En la ordenanza 22/022, del 4 de enero de este año, el MSP estableció los siguientes criterios en cuanto a las cuarentenas para los distintos casos.
- durante siete días, aquellas personas que, vacunadas con tres dosis y habiendo transcurrido más de siete días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con COVID-19, sean o no sintomáticas;
- durante diez días, aquellas personas que, vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido menos de ciento ochenta días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con COVID-19 y sean sintomáticas;
- durante siete días, aquellas personas que, vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido menos de ciento ochenta días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con COVID-19 y sean asintomáticas;
- durante diez días, aquellas personas que, no vacunadas o vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido más de ciento ochenta días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con COVID-19, sean sintomáticas, obtengan resultado negativo de test de antígeno realizado al décimo día de diagnóstico de la enfermedad, y hayan permanecido las últimas setenta y dos horas sin fiebre ni síntomas respiratorios;
- durante catorce días, aquellas personas que, no vacunadas o vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido más de ciento ochenta días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con COVID-19, sean sintomáticas, no realicen el test de antígeno referido en el literal anterior y hayan cumplido las últimas setenta y dos horas sin fiebre ni síntomas respiratorios;
- durante diez días, aquellas personas que, no vacunadas o vacunadas con dos dosis y habiendo transcurrido más de ciento ochenta días desde la recepción de la última dosis, hayan sido diagnosticadas con COVID-19, sean asintomáticos.
- En los casos de personas con inmunodepresión demostrada (inmunodeficiencia primaria o secundaria a enfermedades -VIH, linfopatías, etc- o a tratamientos -quimioterapia, inmunosupresores, corticoides en dosis moderadas) el plazo de aislamiento se podrá extender a veintiún días, de acuerdo a la indicación dispuesta por el médico tratante.
- En el caso de los pacientes hospitalizados con cuadros severos o críticos, la extensión se podrá prolongar hasta los veintiocho días, de acuerdo a la indicación dispuesta por el médico tratante.