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Profesionales pueden ser contratados sin pagar BPS

TCA. Dio la razón a emergencia móvil en juicio por aportes

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PABLO MELENDREZ

Un reciente fallo judicial estableció que las empresas pueden contratar profesionales universitarios sin tener que pagar aportes al BPS, sino a la Caja de Profesionales, caso en el que el responsable del pago es la persona contratada.

Esa es la posición que adoptó el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) en una sentencia emitida en el marco de un juicio iniciado por una emergencia móvil del interior del país, que reclamó la anulación de una resolución del Banco de Previsión Social (BPS) que había establecido que los médicos que tenía en condición de contratados eran empleados y, por lo tanto, debía realizar aportes jubilatorios por ellos.

La empresa demandante alegó que los médicos contratados no reciben órdenes y actúan con independencia y autonomía, por lo que no corresponde que sean considerados en relación de dependencia, lo que lleva a que deban aportar a la Caja de Profesionales Universitarios y no al BPS.

Según la sentencia del TCA, que fue firmada por los ministros Dardo Preza, Eduardo Lombardi, Ricardo Harriague, Mariela Sassón y Jaime Monserrat, el BPS no logró "acreditar" durante el juicio la "pretendida relación de subordinación laboral de los médicos" de la empresa demandante, por lo que hizo lugar al pedido anulatorio del acto administrativo del organismo estatal.

El abogado Santiago Pereira Campos, socio del estudio Rueda, Abadi & Pereira, quien representó a la emergencia móvil ante el TCA, dijo que la sentencia tiene una "gran incidencia práctica" porque es la primera que se reconoce que este tipo de empresas prestadoras de servicios de salud "pueden tener médicos contratados fuera de la relación de dependencia".

Al respecto, el abogado explicó a El País que la resolución implica un "cambio sustancial" porque bajo el régimen de aporte al BPS, las empresas y el profesional contratado deben aportar en base al sueldo, mientras que mediante los aportes a la Caja de Profesionales Universitarios, es el especialista quien realiza el aporte mediante un pago ficto. "Para las empresas es una diferencia económica brutal", remarcó.

CAMBIO. Según el abogado, esta resolución representa un "importante cambio jurisprudencial" porque "tradicionalmente el BPS ha sostenido que los médicos que prestan servicios para las emergencias móviles son dependientes y, hasta ahora, el TCA había confirmado esa posición", explicó.

Pereira Campos recordó que anteriormente, con otras integraciones del TCA, varias emergencias móviles presentaron acciones similares contra el BPS, pero el Tribunal no les dio la razón, y terminó por desestimar esas demandas.

Por otro lado, el abogado señaló que a pesar de que "antes era muy discutido si las empresas podían o no contratar profesionales", esta sentencia del TCA junto con una disposición aprobada en la reforma tributaria, ratifican la posibilidad de realizar contrataciones de esas características.

"El actual sistema impositivo faculta a las empresas a contratar los servicios de profesionales universitarios que aporten a la Caja Profesional y no al BPS cuando actúen bajo los índices de independencia", expresó Pereira Campos, quien su-brayó que en base al nuevo sistema tributario, en el futuro, el TCA "tendrá más fundamentos para decir que no son empleados y no se tiene que aportar al BPS".

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