Las Piedras

Triple homicida fue declarado inimputable e internado en el Vilardebó

Los hechos ocurrieron en marzo de 2022; el autor asesinó a machetazos a su madre, tío y tía política.

Hospital Vilardebó
Hospital Vilardebó.
Foto: Leonardo Mainé

Por Pablo Méndez
Por disposición de la Jueza de Las Piedras, Annabel Gatto, fue condenado un hombre como autor inimputable de un “homicidio complejo muy especialmente agravado por el concurso”, y como pena se dispuso su internación en el Hospital Vilardebó, “sin mínimo ni máximo” de tiempo estipulado.

La resolución judicial es similar a muchas otras, pero detrás de la carátula del delito yace una historia escalofriante, en la que el imputado asesinó a su madre, a su tía y a su tío. Todo ocurrió dentro de la vivienda del asesino, quien además era acusado de “vilipendio de cadáver”, aunque esto luego fue desestimado por la jueza que intervino en el caso. Se trataba de una de las tipificaciones que figuraban en la solicitud de condena de la fiscal Barbara Zapater, quien incluyó asimismo la petición de internación y la determinación del autor como inimputable por los homicidios.

Los hechos ocurrieron al mediodía del 12 de marzo de 2022, cuando el hombre comenzó a mostrar actitudes que su madre interpretó como parte de una descompensación.

La historia

Según figura en la sentencia a la que accedió El País, la madre del imputado pudo ver, horas antes del trágico desenlace, que su hijo interactuaba con el perro de la familia de una forma extraña. Y entendió, además, que el joven necesitaba de su medicación. Subieron entonces al segundo piso de la casa y ella le pidió a su cuñado -el tío de quien sería el asesino- que le llevara los fármacos que tomaba el joven, para tranquilizarlo.

Ya en la habitación con la medicación solicitada en sus manos, el tío del hoy condenado presenció entonces una fuerte discusión entre madre e hijo.

Y ahí comenzó la violencia. El joven tomó un machete y atacó a su madre. Luego, usó un “un objeto macizo contundente de bordes irregulares”, de acuerdo con la descripción de la sentencia, para también golpearla varias veces hasta matarla. Este ataque produjo “lesiones a nivel cráneo encefálico compatibles con aplastamiento”, de acuerdo al informe de la autopsia.

Su tío no tuvo tiempo para escapar y corrió exactamente la misma suerte: la autopsia reveló las mismas heridas ocasionadas por las mismas armas.

A la escena dantesca se acercó la pareja de su tío, quien al ver los cuerpos ensangrentados entró en pánico y decidió correr hacía la puerta de entrada. Pero tampoco pudo: su sobrino político la interceptó y, “con el mismo objeto metálico” que había empleado con las otras víctimas, la atacó y la mató en el acto.

Para ese momento, alertados por los ruidos, los vecinos de la cuadra habían llamado a la Policía.

Mientras tanto, el condenado esperaba en el segundo piso, allí donde se encontraban los cuerpos de su madre y su tío. Fue allí donde, tras intentar abusar sexualmente del cadáver de su propia madre, fue detenido por los efectivos policiales y sedado de inmediato por una médica que acudió al lugar.

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La razón por la que no se imputó abuso al cadáver

La acusación fiscal de que el homicida habría incurrido en “un desprecio o denigración grave” con el cadáver de su madre no fue tenido en cuenta por la jueza del caso.

La decisión de la magistrada estuvo fundamentada en que para determinar el delito de vilipendio se debe poder probar “dolo específico”, es decir, intención de hacerlo. Esa es una circunstancia que, según figura en la sentencia, “no acontece en la especie, por la sencilla razón de que el imputado al momento de ejecutar el delito no era capaz de autodeterminarse”.

Condena

El hombre fue sometido a una pericia psiquiátrica tras la cual se logró determinar qué grado de conciencia tuvo a la hora de cometer estos actos.

De acuerdo a la pericia realizada por la profesional, el hombre “no fue capaz de apreciar el carácter ilícito de sus actos” y por tanto tampoco fue capaz de “determinarse libremente”.

Junto a las declaraciones testimoniales y las autopsias realizadas a las víctimas, la pericia fue determinante para determinar el carácter de inimputable del victimario.

La médica perito declaró en el juicio que el acusado “cursó un episodio psicótico agudo que requería intervención, que en los momentos de descompensación” genera un evidente “riesgo para sí y para terceros”.

Incluso declaró que le pareció muy auténtico que el homicida no pudiera recordar lo sucedido en la casa.

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