El juez Matías Porciúnculacondenó a un joven que mató a un hombre al que acusaba de haberle robado una garrafa. Por el momento, no cumplirá la pena en prisión porque, mientras se fugaba, recibió un disparo de otra persona que no pudo ser identificada. El tiro le quebró una vértebra. A partir de esa herida, se le diagnosticó paraplejia y el cuadro “parecería irreversible”, según su abogado.
El hecho ocurrió el 10 de abril, sobre las 14:30 horas, cuando tres jóvenes circulaban en un auto gris por pasaje Olimar, frente a la escuela No 378 (en el barrio Plácido Ellauri). Allí fue que el condenado se bajó del auto, comenzó a perseguir a un hombre y lo mató.
En ese momento, alguien que no pudo ser identificado y que se presume no tiene que ver con el hecho primigenio, le disparó por la espalda al atacante. La investigación que lo tiene como víctima continúa abierta.
Para ese entonces, los otros dos jóvenes que estaban en el auto huyeron del lugar hacia la casa de uno de ellos. A los minutos, uno de ellos volvió y, sin asistir a quien había sido su acompañante, tomó su arma, la guardó para que las autoridades no la encontraran y la llevó a la misma vivienda. Luego volvió con el otro joven en el auto, cargaron a su amigo, y cuando se disponían a irse los detuvo la Policía, que ya había sido alertada por los vecinos sobre el hecho.
La Fiscalía ordenó el allanamiento de la casa del que vivía más cerca del lugar y así encontraron una pistola marca Bersa calibre 9,19 milímetros tirada en el jardín y otra pistola marca Browning, calibre 32, automática, sobre la mesa del comedor.
Los jóvenes que iban en el auto fueron imputados por la Justicia pocas horas después de los hechos y allí, la Fiscalía de Homicidios de 1er Turno —cuyo titular es Carlos Negro, pero estuvo representado en audiencia por la adscripta Natalia Pereira— explicó que al atacante —que no se sabe quién le disparó— ya se le había detectado una fractura en la vértebra torácica, que sufría una paraplejia y que estaba grave. Fue por eso que se le imputó el crimen a comienzos de agosto, donde también firmó un acuerdo abreviado.
En esa oportunidad, el autor del homicidio aceptó los cargos que se le imputaban a cambio de una rebaja de hasta un tercio de la pena. La pena acordada fue de siete años. Su abogado, Pablo Lamela, refirió a que existía una pericia que sostenía que por su condición de salud no podía estar recluido. Eso fue verificado en su momento por la Fiscalía.
El juez Porciúncula expresó, según consta en el registro de la audiencia, que es potestad de los juzgados de Ejecución (los que controlan los cumplimientos de las penas) el determinar si lo que corresponde es que se le sustituya la condena de prisión por una prisión domiciliaria o que se postergue su cumplimiento para cuando mejore. Esto, suponiendo que su condición fuera reversible. El representante del acusado estuvo de acuerdo, aunque manifestó que por lo pronto “parecería irreversible”.
El conductor del auto y dueño de la casa donde se encontraron las armas, fue inculpado por la coautoría del homicidio y recibió una pena de seis años y cuatro meses de prisión. Mientras que el joven que auxilió al ejecutante herido y escondió el arma, que era defendido por Elizabeth Frogge, fue responsabilizado por el encubrimiento del hecho y acordó una pena de 24 meses, 18 de ellos a cumplirse en la cárcel y seis en libertad a prueba.
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