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Finalmente Claro no podrá ofrecer TV satelital

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Control remoto. Foto: Flickr

Resolución

Se clausuraron las actuaciones que impulsó la compañía.

Tras un proceso que ya lleva más de diez años, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) determinó la clausura de las actuaciones por las cuales la empresa Claro reclamaba el derecho de ofrecer servicios de televisión satelital en territorio uruguayo.

La sentencia a la que accedió El País determinó “la clausura” de las actuaciones “por haberse extinguido el objeto de la acción de nulidad”.

Un vocero de Claro dijo a El País que la resolución del TCA “contradice a todas las que tomó anteriormente, algunas de las cuales fueron emitidas tan solo un año atrás”.

En diciembre del año pasado, el Poder Ejecutivo consideró que Claro no tiene licencia para brindar servicios de televisión satelital, aunque una sentencia del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Tercer Turno había fallado a favor de la compañía otorgándole la autorización para operar.

El propio TCA emitió un dictamen que determinaba que Claro debía ser autorizada por el Poder Ejecutivo a operar ese mercado.

No obstante, una resolución del Ministerio de Industria del 12 de diciembre de 2017 firmada por la ministra Carolina Cosse, sostuvo que “la prestación de los servicios de televisión satelital directa al hogar le están vedados” a Claro y agregaba que si la empresa incumplía la normativa, daría “lugar a consecuencias”.

Tras ello, varias empresas prestadoras del servicio de televisión por cable exigieron al TCA que decretase la clausura de los procedimientos iniciados por Claro a lo que ahora accedió ese Tribunal.

El vocero de Claro Uruguay señaló que “el TCA ha fallado a nuestro favor repetidas veces en los últimos diez años, lo cual significa que distintos juristas que lo han compuesto en todo el proceso, han entendido siempre que el reclamo de Claro era pertinente. Esto también se trasladó a la justicia ordinaria, donde dieron lugar a nuestros recursos de amparo, llegando a intimar al Ministerio de Industria a que libere el equipamiento necesario para prestar el servicio, retenido en la Aduana”.

Por otra parte, Claro califica de “por lo menos contradictorio” el hecho de que anteriormente el TCA intimara al Ministerio de Industria a permitirle ofrecer los servicios de televisión satelital, pero “ahora clausura el proceso diciendo que Claro no tiene la licencia en cuestión ya que la misma fue revocada” por el Ministerio de Industria.

La compañía sostiene que la “imposibilidad de competir con los actores privados que hoy operan la TV para abonados en Uruguay, en un proceso que lleva más de diez años, ha generado un gran perjuicio a Claro, impidiéndole ampliar su oferta de servicios e incrementar las inversiones en el país, así como la creación de más puestos de trabajo”.

Pese a ello y al fallo en su contra el vocero de Claro aseguró que la empresa “seguirá enfocado en el negocio de telefonía móvil, invirtiendo y generando trabajo como desde su llegada a Uruguay, entendiendo que nuestra presencia en el mercado ha aportado al desarrollo acelerado de las telecomunicaciones en el país y que teníamos la expectativa de lograr lo mismo en el mercado de TV para abonados”.

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