Para el juez Marcelo Souto, el asesino al que condenó este miércoles tiene un “poco usual desprecio por la vida humana”. En un extenso análisis conceptual y jurídico, que abarca las más de 60 páginas de su fallo, lo halló culpable de los cuatro homicidios por los que lo señalaba la Fiscalía y dio por probado que tres de ellos ocurrieron delante de niños. Por eso, le impuso la pena máxima prevista en el Código del Proceso Penal: 30 años de cárcel. Pero por su especial peligrosidad, dispuso que tenga 10 años más de medidas de seguridad.
“No solo dio muerte a una persona en forma salvaje, sino que siguiendo un mismo modus operandi dio muerte a cuatro víctimas, y trató de dar muerte a una quinta que era un niño de tan solo tres años”, expresó en la sentencia —a la que accedió El País— refiriéndose al caso.
El primer episodio ocurrió el 3 de octubre de 2021, cuando un hombre salió de su casa con su hijo de tres años arriba de una moto y fueron atacados a balazos. El adulto murió y el niño, aunque fue herido de gravedad, milagrosamente sobrevivió. Allí fueron asistidos por un amigo de la familia, que fue asesinado un mes después cuando iba en un camión junto a su familia, entre los que iba incluido el niño de tres años que había resultado herido en el homicidio de su padre.
El tercer episodio ocurrió el 17 de abril de 2022, cuando unos jóvenes llamaron por el apodo a un hombre. Él salió de la casa y fue acribillado a balazos. Según la teoría fiscal, estaba con sus hijos, pero el juez afirmó que esto no se probó en el juicio. Por último, el 10 de junio, otro hombre fue llamado a la puerta de su casa y cuando salió fue asesinado. Sus hijos mellizos de entre siete y nueve años miraban por la ventana.
El juez evaluó que el acusado cometió “no uno, sino cuatro delitos de homicidios consumado y un delito tentado”, en distintos “momentos psicológicos”. Por ejemplo, entre el primer homicidio en el que “atacó de forma despiadada” a la víctima e hirió gravemente a su hijo, y el segundo homicidio en el que mató a su amigo, pasó más de un mes. Tuvo “tiempo suficiente para pensar, valorar y meditar sobre su actuar y mostrar alguna señal de cambio o si se quiere arrepentimiento”, indicó.
“Pero sabemos eso no pasó, sino que por el contrario —continuó el juez— mantuvo ese estado psicológico, mostrando una clara capacidad definida para reproducir esa decisión y voluntad homicida mostrando su especial peligrosidad”.
Por entender que se trata de una persona muy peligrosa, hizo lugar al pedido de la Fiscalía de Homicidios de 1 Turno —conformada por Carlos Negro, Victoria Ghiorsi y Natalia Pereira— de imponer medidas de seguridad eliminativas. Es decir que, cuando termine la condena, puede seguir significando un peligro para la sociedad, por lo que deberá estar 10 años más en la cárcel.
Al fundamentar por qué las imponía, expresó: “Se puede apreciar sin ningún esfuerzo la excepcional gravedad de los hechos, que responden a una forma de ejecución particular, porque todos los hechos tienen un denominador común, que fueron cometidos con una grave, extrema e inusitada violencia desplegada por el imputado. No una vez, no contra una víctima, sino dando muerte a cuatro personas e hiriendo de gravedad a una quinta que era un niño de tres años que lo único que hizo fue acompañar a su padre en ese momento”.
“La presencia de menores de edad también fue un denominador común en las escenas”, exceptuando el tercer homicidio, “en todos los demás casos el imputado en forma brutal y salvaje atacó a sus víctimas dándoles muerte con múltiples disparos cual si fuera un fusilamiento, y la presencia de niñas, niños o adolescentes no activó ningún freno en la voluntad del imputado ya que a pesar de su presencia igualmente dio muerte a las víctimas”, complementó.
El análisis del caso
Al ingresar en los detalles de cada episodio, el juez valoró especialmente las declaraciones de los testigos presenciales de los primeros dos hechos, que fueron quienes identificaron al acusado como el autor. Lo conocían del barrio, algunos de ellos desde hacía años y también con quién se vinculaban.
Los segundos dos casos también tuvieron testigos presenciales, pero declararon anónimamente porque temían por su integridad física. Sin embargo, lo que declararon cuadró "armónicamente" con el resto de la prueba científica y policial aportada por la Fiscalía, según expuso el juez.
Souto reparó especialmente en el tercer hecho, en el que un solo testigo reservado reconoció al acusado, puesto que el otro se presentó pero se negó a declarar. Dijo: "Este caso ya fue". Sobre este episodio, el juez valoró que "debe ser considerada dentro del cúmulo probatorio de la causa" y se refirió a que hay un "contundente cúmulo de pruebas e indicios que rodean a esa declaración y la fortalecen, la verifican".
El juez también valoró la prueba presentada por la defensa del acusado, llevada adelante por las defensoras públicas Virginia de los Santos y Andrea Souto. Declaró a su favor un testigo, pariente cercano del acusado, quien aseguró que cuando ocurrió el primer homicidio —que fue a tres casas de su casa— el imputado estaba en el baño. También afirmó que las primeras dos víctimas estaban en el negocio del narcotráfico y que ese habría sido el motivo del homicidio.
Según el juez Souto, nada de eso —aún si fuera cierto— invalida que los testigos hayan reconocido al acusado. "Esa teoría quedó reducida a una argumentación sin ningún respaldo probatorio, acercándose mucho a una aspiración de deseo, ya que no explica y menos aún prueba cómo ese extremo podría determinar una declaración falsa, mendaz al momento de reconocer al imputado como el autor material del homicidio", consideró.
Más adelante, resumió, la defensa del imputado "no aportó ninguna explicación razonable, que pudiera dar cuenta según las máximas de la experiencia, de cómo y por qué personas diferentes lo indican y reconocen plenamente como el autor material de los cuatro homicidios consumados y uno tentado".
El fallo puede ser apelado por la defensa.