RESOLUCIÓN
Así lo resolvió la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), después de que fue denunciado en agosto de 2019.
La Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) resolvió que “no se ha acreditado la configuración de los presupuestos de hecho y de Derecho para proceder a la destitución propuesta” para el docente de la Universidad de la República (UdelaR) Martín Sambarino, denunciado por acoso sexual, informó Montevideo Portal y confirmaron a El País fuentes de la Oficina de Servicio Civil.
El docente grado 5 de Matemática de la Facultad de Ciencias fue denunciado por acoso sexual por varias matemáticas en agosto de 2019, según dio a conocer en ese momento el semanario Búsqueda. Después, en setiembre de ese mismo año, se decidió realizar un sumario administrativo.
Montevideo Portal publicó que la CNSC concluyó que “de la prueba de obrados no surge acreditado acoso sexual teniendo en cuenta las características de la situación y la relación que la denunciante mantenía con el denunciado, de confianza y camaradería a través de los años, incluso tiempo después del episodio que dio origen a la denuncia”.
Además, indica que en la resolución, considera que “en cuanto a lo denunciado respecto de fiestas y eventos, a las cuales concurrían docentes y estudiantes, se recabaron suficientes testimonios, que dan cuenta que las personas que concurrían a dichos eventos no estaban obligadas a hacerlo y como adultos decidían qué consumían”.
El medio también recoge que la CNSC expresó que de “las múltiples declaraciones de testigos (…) se denota la profunda amistad y cercanía que tenían la denunciante y el denunciado”.
Además, dice que, de los testimonios recogidos por la instrucción sumarial y de “documentos que dan cuenta del apoyo académico y laboral que le brindó el sumariado a la denunciante antes y después del supuesto episodio de París” se derriba “la hipótesis de que hubo represalias en contra de ella”.
También indica: “No se evidencia que el rechazo de la denunciante a las supuestas intenciones sexuales del denunciado le haya producido o amenazado con producirle un perjuicio en su situación laboral o en su relación docente, no habiéndose probado que haya vivido un ambiente de trabajo hostil, humillante o intimidatorio, teniendo en cuenta que según el informe de la sumariante la imputación se centra en el episodio ocurrido en París, descartándose otras imputaciones vinculadas al consumo de estupefacientes y otras presuntas irregularidades”.
Y agrega: "No se ha comprobado en estos obrados que los hechos de la denuncia que diera motivo al procedimiento disciplinario resulten calificables como ilegítimos a la luz de la normativa vigente ni tampoco la culpabilidad de aquel a quien se le imputa la comisión de una falta administrativa, la cual debe ser probada de manera efectiva, lo que es carga de la Administración pues de otro modo se avasallaría la presunción de inocencia".
El Consejo de la Facultad de Ciencias resolvió iniciar el sumario en setiembre de 2019 después de recibir un informe que así lo sugería de la Comisión de Prevención y Actuación ante el Acoso y la Discriminación de la UdelaR.