Los reclamos para que se consideren insalubres varias de las tareas que realizan trabajadores de la Intendencia de Montevideo no fueron atendidos por Comisión Honoraria oficial. Adeom evalúa los pasos a dar.
El pasado 10 de diciembre, trabajadores del sector Limpieza de la Intendencia de Montevideo presentaron en el Ministerio de Salud Pública una nota firmada por más de 500 trabajadores. Se reclamaba a la Comisión Honoraria de Trabajos Insalubres un estudio en profundidad.
La solicitud recordaba que el reconocimiento de la insalubridad existía antes de la derogación que se dio por el Acto Institucional 9. Además, para avalar sus requerimientos, en la carta se citaban los convenios con la Organización Internacional de Trabajo.
La reciente respuesta oficial que recibieron los trabajadores sostiene que "en los antecedentes de declaración de insalubridad que figuran en los archivos de esta Comisión, no constan declaraciones de insalubridad otorgadas a Intendencias Municipales".
El dirigente de Adeom, Pablo González, dijo a El País que, por ejemplo, a los empleados de las barométricas privadas que contrata la Intendencia se les paga 8 horas aunque trabajan 6, lo cual supone que ellos "tienen decretada la insalubridad, cosa que no se da con los públicos".
Para González, la respuesta recibida no dice nada, porque no se investigó. "Hay estudios en la propia Intendencia acerca del impacto sobre obreros municipales. Limpieza tomó un poco la posta en esto, pero también los trabajadores de saneamiento y los de servicios fúnebres. No sólo se producen lesiones físicas y orgánicas sino psíquicas".
González afirmó que "se va a evaluar la respuesta y ver los pasos a seguir", entre otros, ir al Ministerio de Trabajo, porque éste "debería indagar también, al igual que el BPS".
Junto a la aspiración de trabajar 6 horas y cobrar por 8, se pretende una bonificación, es decir el cómputo de 4 años trabajados por cada 3.
"El Digesto no se ha aplicado nunca, en algunos casos se reparten montos globales, pero significan monedas", agregó González.
NORMAS.
En el Capítulo XII del Digesto Municipal, en el apartado denominado "de las tareas insalubres", el artículo R.355 establece que las mismas se clasifican de acuerdo al grado de insalubridad", y a continuación fija cuatro categorías.
En la primera incluye al Servicio fúnebre y de necrópolis: inhumaciones, enterramientos y remociones, reducción de restos, manipuleo directo con cadáveres, y cuadrillas que efectúan limpieza en los cementerios en general.
Al referir el servicio de barrido y recolección y al de disposición final de residuos, menciona a los encargados del levantamiento de animales muertos.
En relación a los servicios de conservación y obras de saneamiento, incorpora los trabajos en el interior de la red cloacal de la ciudad, desobstrucción de conexiones, tareas en las cámaras subterráneas de estaciones de bombeo de aguas servidas y en las estaciones de depuración de aguas servidas, y limpieza y depuración de colectores en funcionamiento.En una segunda categoría aparecen entre otros: los choferes con tareas en las canteras que manipulan residuos y desperdicios, las tareas de barrido y recolección de residuos domiciliarios, acarreo y manipuleo de estiércol, choferes de las barométricas, obreros con tareas en el Jardín Zoológico, cuidadores de animales, y trabajadores de limpieza de bocas de tormenta.
El artículo 1° de la Ley 11.577 que trata de industrias insalubres indica que "no podrá ser mayor de seis horas la jornada de trabajo de los empleados y obreros de actividades que, por las condiciones en que se efectúa el trabajo o por los materiales que se manipulan, sean consideradas perjudiciales para la salud".
El artículo 3° creó en tanto la Comisión Honoraria de Trabajos Insalubres integrada por un delegado del Ministerio de Industrias y Trabajo, uno del Ministerio de Salud Pública, uno de la Facultad de Medicina, uno de la Facultad de Ingeniería y uno del Banco de Seguros del Estado.
Su cometido es determinar aquellas actividades en las que corresponda aplicar la ley.
El decreto 167/981 declaró obligatoria la lista enmendada de enfermedades adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo. Entre otras figuran las alveolitis alérgicas causadas al inhalar polvos orgánicos, y las enfermedades infecciosas o parasitarias.
Enfermedades y más tecnología
Un relevamiento de los propios trabajadores divulga que, entre los principales riesgos físicos, biológicos y químicos que sufren se presentan enfermedades infecciosas debido al contacto frecuente con diversos agentes patógenos, ya sea en los residuos como en las aguas, por ejemplo: salmonella, colíbacilos, escherichia coli, estreptococos fecales, estafilococosdorados, leptospiras. Los virus más frecuentes en las aguas son: adenovirus, enterovirus, poliovirus, echovirus, y hepatitis . En cuanto a las afecciones respiratorias se denuncian la bronquitis, el asma, la neumonía, el cáncer pulmonar, y edema pulmonar. Además se agrega la presencia de partículas de plomo, dióxido de carbono y demás elementos que surgen de la descomposición de los residuos orgánicos.
Para la intendenta de Montevideo, Ana Olivera, las consecuencias negativas de la insalubridad se contrarrestarán con prevención y tecnología. En cambio, para el dirigente del sindicato de Adeom, Pablo González, "la gente hoy igual se enferma al trabajar en los contenedores, no se erradicó la insalubridad; hay informes del Banco de Seguros". En 2011, hubo 627 accidentes sufridos por obreros municipales, sobre todo de Limpieza. Entonces el BSE incorporó la tenosinovitis como causa de accidente laboral, aunque se trata de una enfermedad profesional.