La urgencia de pensar a largo plazo

FEDERICO FERRI / FERRERE ABOGADOS

Según datos del Banco Central del Uruguay, los créditos bancarios en general y del sector agropecuario en particular, experimentaron una fuerte expansión durante 2010. A diciembre de ese año los créditos al sector agropecuario totalizaron US$ 1.133 millones.

Si comparamos ese monto con los US$ 894 millones en créditos otorgados al sector a diciembre de 2009, se aprecia que el aumento fue de aproximadamente un 27%. El crecimiento resulta notable y sin duda se trata de un indicador que habla de la pujanza del sector.

Créditos de Corto plazo Un dato que resulta relevante en este contexto es el plazo de los créditos otorgados, que en su amplia mayoría fueron de corta duración. Es decir, menores a tres años, e incluso con periodos de cancelación inferiores a los 12 meses.

Estos plazos resultan adecuados si se trata de créditos destinados a capital de trabajo u otro tipo de operaciones de corto plazo. Sin embargo, su conveniencia puede resultar discutible si el destino de los créditos es invertir en activos con periodos de amortización de largo plazo. Por supuesto, se trata de una evaluación y de una decisión que debe adoptar la empresa. En cualquier caso, resulta interesante analizar alternativas al financiamiento bancario tradicional, que resultan atractivas principalmente para inversiones de largo plazo.

Alternativas de financiamiento de largo plazo

La emisión de obligaciones negociables puede resultar una alternativa viable cuando se deben afrontar operaciones que requieren inversiones de mediana o gran magnitud. La Ley 18.627 de Mercado de Valores autoriza, entre otros a las sociedades comerciales y a

las cooperativas, a emitir obligaciones negociables.

El éxito obtenido por las últimas emisiones de obligaciones negociables realizadas por Conaprole, dan muestra de un importante interés de inversores privados por este tipo de instrumentos. A ello debemos agregar el interés que pueda generar en los inversores institucionales.

Otra alternativa son los fideicomisos financieros. Estos requieren de un activo que pueda cederse al fideicomiso, saliendo del patrimonio del cedente y formando un patrimonio de afectación independiente. El fideicomiso entonces emite certificados de participación, títulos de deuda garantizados con los bienes que integran el fideicomiso, o títulos mixtos, a través de los cuales obtiene los fondos que se destinarán según lo dispuesto en el contrato de fideicomiso.

Ventajas de estos instrumentos

La flexibilidad para elegir condiciones de repago de acuerdo al negocio y a los riesgos inherentes a la actividad que se realiza, es una importante ventaja de estos instrumentos. Así, es posible elegir las fechas de pago de intereses y de amortización de capital que resulten convenientes desde el punto de vista financiero.

También es posible posponer la amortización de capi tal o fijar tasas de interés variables según la evolución del negocio. De esta forma, se pueden evitar cargas demasiado onerosas ante coyunturas des favorables.

Por su parte, los fideicomisos también facilitan el acceso a créditos a quienes por sus características o situación actual, les resultaría difícil obtenerlo por medios tradicionales.

Como es natural, la tasa de interés aceptable por los inversores depende del riesgo que se asume. En consecuencia, los antecedentes de la empresa, su situación financiera y las perspectivas del sector de actividad, son aspectos que se analizan con especial interés. En ese contexto, el uso de garantías que respalden el cumplimiento de las obligaciones asumidas, tal como lo prevé la Ley 18.627, disminuye el riesgo de incumplimiento. De esa forma, quienes buscan financiamiento tienen la posibilidad de acceder a mejores condiciones de crédito.

En resumen, las empresas y cooperativas agropecuarias no deberían descartar el uso de herramientas de financiación no tradicionales, como una alternativa a la financiación bancaria. En especial, cuando lo que se busca es financiamiento de inversiones de mediana o gran magnitud, y de largo plazo, como la compra de maquinaria o la realización de obras de infraestructura.

Los títulos emitidos pueden ser de oferta pública o privada.

Oferta privada de valores: se realiza directamente a personas físicas o jurídicas determinadas. No pueden cotizar en bolsa ni hacerse publicidad de su colocación.

Oferta pública de valores: se realiza al público en general, o a ciertos sectores o grupos específicos. Previo a su emisión, se deben registrar ante el BCU, debiendo cumplir con una serie de requisitos.

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar