Antel ya no tiene el monopolio

BERNARDO PORRAS | COLUMNISTA INVITADO

Tres meses atrás el Presidente de la República hizo declaraciones sobre el tema telefonía. Con toda sensatez el Presidente recordaba que, en esta materia, es imposible ir en contra de los avances tecnológicos.

Eso fue suficiente para que se generara todo un revuelo sobre sus dichos. Tal parece que sectores interesados interpretaron que las manifestaciones del Presidente suponían una "amenaza" de algún tipo al "monopolio" de Antel en materia de telefonía básica.

Ahora bien, ¿existe realmente el tal "monopolio" de Antel en materia de telefonía básica? ¿Cuál es la verdadera situación?

La respuesta es que hoy en Uruguay sólo hay una mera situación de hecho en la cual Antel es el único prestador de telefonía básica, pura y exclusivamente, porque otras empresas no se han decidido a entrar a competir en ese mercado. Vale decir, legalmente no hay ningún monopolio de Antel de ninguna clase y en consecuencia, si otras empresas desearan prestar el servicio de telefonía básica tienen todo el derecho de hacerlo. La actividad de telefonía básica es libre.

En Uruguay no es necesario que sobrevenga ningún avance tecnológico para que el monopolio de Antel caiga. El monopolio de Antel en telefonía básica directamente no existe con fundamento en ninguna Ley. En consecuencia, los que se ofendieron o se sintieron amenazados por los dichos del Presidente lo hicieron gratuitamente, y deberían ya pensar en comenzar el proceso inverso.

No es serio que se venga afirmando la existencia del tal monopolio dando por sentado que el mismo tiene un respaldo legal (que no tiene), únicamente, porque a muchos les conviene o simplemente, porque determinados sectores viven la libertad con temor e incomodidad, lo que les hace aparecer como seguro y deseable, que todo sea público.

Evidentemente, estas actitudes amparadas en criterios tales como "de todas maneras, nadie va a decir nada" deberían cambiar.

FIN DEL MONOPOLIO LEGAL. La razón de no existir en Uruguay ningún monopolio ni régimen de explotación exclusiva de Antel respecto de la telefonía básica, puede resumirse como sigue: Desde 1974 en que se creó Antel por Decreto Ley 14.235, y hasta la entrada en vigencia del artículo 613 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, rigió en Uruguay un sistema que prohibía a los privados la prestación de ciertos servicios de telefonía. (Para simplificar el planteo, aun a riesgo de alguna imprecisión jurídica, nos referimos al mismo en este artículo como "monopolio"). Dicho monopolio abarcaba distintos servicios de telecomunicaciones; uno de ellos, el denominado servicio de telefonía básica.

El artículo 613 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 derogó ese sistema y entonces el mismo dejó de existir. El nuevo sistema legal que se impuso en su lugar estableció un régimen de libertad amplio en telefonía internacional, celular y otros servicios, pero siguió reservando, sin embargo, la prestación de telefonía básica exclusivamente para Antel. En consecuencia, el llamado "monopolio" de Antel quedó restringido únicamente a la prestación del servicio de telefonía básica.

Pero la historia no terminó allí. Los artículos 612 y 613 de la Ley 17.296 nunca tuvieron una vigencia pacífica. Así, a poco de su entrada en vigencia, más precisamente el 19 de abril de 2001, se lanzaba contra estos artículos una campaña pro referéndum a fin de derogar los mismos. Los diferentes pasos para habilitar la consulta popular se fueron cumpliendo uno a uno. Solo restaba el pronunciamiento de la Corte Electoral sobre la procedencia del recurso.

En ese lapso, se comenzó a gestar entonces la idea de una derogación de los artículos 612 y 613 de la Ley 17.296. Esta salida era satisfactoria para los distintos sectores políticos. Para el oficialismo de aquel momento porque, entre otras razones, se había logrado ya una apertura importante a nuevas empresas de telecomunicaciones con lo cual el objetivo estaba mayormente cumplido. Asimismo, se eliminaba una costosa consulta al Cuerpo Electoral y, más que eso, se evitaba un nuevo foco de discusión, al que usualmente van ligados costos políticos. Para los sectores de izquierda, quizá, porque entendían que se ganaba así una batalla al hacer "retroceder" al gobierno colorado de entonces, etc. Lógicamente, podría haber otras explicaciones más completas. Lo importante aquí es que, por lo que fuera, todos concluyeron en la conveniencia de derogar los artículos de referencia.

Y así, se llegó a la Ley 17.524 de 5 agosto de 2002 que derogó con su artículo único los artículos 612 y 613 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, sin instituir ningún sistema nuevo ni restablecer ningún sistema anterior. Recuérdese que la misma expresa, simplemente, lo siguiente: "Artículo Único. Deróganse los artículos 612 y 613 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001".

Los más desprevenidos podrían pensar que al eliminarse los artículos 612 y 613 de la Ley 17.296, recobraba vigencia el régimen que había sido sustituido por estos artículos, esto es, el que rigió en el Uruguay desde 1974 a 2001. Pero ello no es así. La derogación de una ley no hace renacer las leyes por aquella derogadas. Se trata de una cuestión sencilla, si Juan mata a José, José estará muerto. La circunstancia de que luego Raúl mate a Juan, no hace renacer a José que seguirá muerto.

Al haber sido eliminados los dos regímenes que consagraban el tal "monopolio" de Antel en telefonía básica, y al no existir ningún régimen especial de orden legal vigente que consagre una solución similar en esta materia, el principio que rige es el de la libertad (Arts. 10 y 36 de la Constitución). Por decirlo de alguna manera, se necesita una ley para restringir la libertad pero en defecto de toda ley restrictiva se es libre sin más, no se necesita pedir permiso para ser libre.

En síntesis, la telefonía básica es hoy libre. Para que fuera un monopolio legal de Antel debería haber una ley vigente que así lo disponga y no la hay. Las que alguna vez impusieron ese régimen están derogadas.

EL PARLAMENTO SABÍA. El argumento que viene de explicarse es de pronto algo formal, es verdad. Alguien podría decir entonces que quizá la voluntad legislativa no fue la de liberar todo el sector de la telefonía y que el razonamiento que se expuso no es más que una de esas "cosas de abogados".

Ahora bien, analizados los antecedentes legislativos surge claro que todos los partidos políticos tenían presente que, si derogaban lisa y llanamente los artículos 612 y 613 de la Ley 17.296, la telefonía toda quedaría situada en régimen de libre competencia sin ninguna restricción.

Y también, estaban todos de acuerdo en que si se quería preservar la telefonía básica como monopolio a favor de Antel o, en su caso, volver al sistema que había regido desde 1974 a 2001, ello debía establecerse expresamente. Por ese motivo los diferentes proyectos de ley discutidos, incluidos el del Poder Ejecutivo de entonces (Partido Colorado), el del Frente Amplio y el del Senador Michelini contenían precisamente dos partes: una dirigida a derogar los artículos conflictivos y otra dirigida a restablecer, con diferentes alcances, el monopolio de Antel en materia de telefonía. De otro modo, si solo se derogaban los artículos en cuestión, el régimen a imperar sería el de la libertad absoluta e incluso la competencia de Antel podía verse afectada (ver Diario de Sesiones de la Cámara de Senadores de 30/7/2002, No. 190, Tomo 412).

La realidad es que, a sabiendas de que las opciones eran estas, el Parlamento terminó aprobando la ley 17.524 que simplemente deroga los artículos 612 y 613 de la Ley 17.296 y que no contiene una sola palabra ni frase adicional dirigida a establecer ni restablecer ningún monopolio en materia de telefonía básica ni similar. En consecuencia, pasó lo que los legisladores sabían que iba a pasar y hoy, la prestación del servicio de telefonía básica es libre.

REFLEXIÓN FINAL. Aquí no se intenta argumentar a favor de un sistema o de otro sino simplemente de abogar para que los uruguayos obremos con sensatez.

Nos guste o no la telefonía básica es de prestación libre. Quienes consideran deseable que en el futuro Antel goce de un monopolio en la prestación del servicio de telefonía básica, podrán impulsar el dictado de una ley en ese sentido. Pero hoy lo único que corresponde es aceptar la realidad y respetarla.

Si no lo logramos, entonces, entre nosotros, la libertad y la legalidad no valen mucho. Si así sucede, habrá más embates de aquellos que imponen todo por la vía de los hechos; embates estos, amparados en la triste certidumbre de que "de todas maneras, nadie va a decir nada".

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