El Poder Ejecutivo emitió un decreto por el que autoriza al Ministerio de Economía a utilizar contratos de derivados en el manejo de la deuda. Esto otorga más flexibilidad para el manejo del portafolio y se reducen riesgos cambiarios y de tasa.
La Unidad de Gestión de Deuda (UGD) del Ministerio de Economía y Finanzas no se queda quieta, a fines del año pasado realizó un canje para estirar vencimientos de bonos globales y desdolarizar deuda y también recompró títulos. Semanas atrás, hizo una operación conjunta con el Banco Central (BCU) que permitió colocar títulos en pesos en el mercado local y recibir por ellos pesos, dólares y títulos que había emitido el BCU.
Ahora, un decreto autoriza al ministerio a "negociar y suscribir (...) todos los contratos con derivados" requeridos para "cubrir la eventual exposición cambiaria" del país.
La directora de la UGD, Azucena Arbeleche dijo ayer a El País que esta es "una herramienta" que permite "acomodar el portafolio (de deuda) al portafolio que querés tener".
Es otra herramienta para "lograr los objetivos" de endeudamiento a tasa fija y en moneda nacional.
Arbeleche señaló que Uruguay ya ha realizado contratos de derivados y que el decreto otorga un marco "más amplio" para llevarlos a cabo.
Aseguró que no hay por ahora una operación de este tipo prevista, pero se quiere tener el marco más adecuado para cuando se decida llevarla adelante.
Los derivados permiten cambiar deuda que está a tasa flotante (por ejemplo atada a la evolución de algún índice) por deuda a tasa fija o cambiar deuda en moneda extranjera por moneda nacional.
Un derivado es un producto financiero cuyo valor se basa en el precio de otro activo y sirve para cubrirse de riesgos.
Se puede firmar el contrato de derivado con bancos privados u organismos multilaterales y se puede utilizar en bonos de deuda y en préstamos otorgados por organismos.
Por ejemplo, si Uruguay tiene bonos en dólares y en vez de esperar a su vencimiento o tener que realizar un canje para pasarlo a pesos, contrata un derivado. Por el mismo, el banco le da al Estado uruguayo dólares y recibe el equivalente en pesos. Para determinar el tipo de cambio al que se hace esa transacción, se toma el valor presente y se aprecia de acuerdo al dólar forward de la fecha de efectivización.
De esa manera, el país se hace de los dólares hoy y se cubre ante una posible disparada del dólar al momento de tener que pagar el bono que vencía. Al final, si el dólar no subió lo pactado de acuerdo al forward se puede terminar pagando más que lo que se hubiera abonado si se esperaba al vencimiento. Pero si, la suba fue mayor se termina pagando menos.
Es una especie de seguro, contra una disparada del dólar en este caso.
Lo mismo ocurre con la tasa variable. El derivado permite cubrirse hoy del riesgo de una fuerte suba de la tasa de interés a la que está atada el bono o préstamo a futuro.
"Lo hemos usado en distintas operaciones", señaló Arbeleche, aunque prefirió no mencionar los montos ni si fue en bonos o préstamos con organismos multilaterales.
El decreto destaca "la importancia de ampliar las alternativas para la gestión en el mercado financiero" lo que está "contribuyendo a diversificar y mejorar las alternativas de gestión de la deuda nacional".
Por eso establece que es "conveniente autorizar al Ministerio de Economía y Finanzas, para que celebre los mencionados contratos y toda otra documentación relacionada, en el momento en que lo considere conveniente para los propósitos descriptos".