En todas las obras estatales se incorporará al menos un 5% de obreros no especializados que serán seleccionados a través de sorteos públicos, según resolvió el Gabinete Social.
La reunión de ministros celebrada ayer definió la reglamentación de la ley 18.516 sobre el trabajo de peones prácticos y de obreros no especializados. De esa manera se reguló su distribución en obras efectuadas por el Estado, los gobiernos departamentales, entes autónomos y servicios descentralizados o persona pública no estatal, según informó el ministro de Trabajo, Eduardo Brenta.
El jerarca explicó que ese porcentaje regirá para todas las construcciones que ejecute el Estado, ya sea directamente o con empresas subcontratadas.
Para postularse a cada llamado, se abrirán registros de aspirantes en las oficinas de empleo de todo el país y en la Dirección Nacional de Trabajo de la capital. Podrán inscribirse quienes acrediten vecindad en un radio de hasta 100 kilómetros de la zona en que se realizarán las obras (con independencia de las fronteras departamentales), informó Brenta.
Luego se hará un sorteo público para integrar la lista de cargos con tres criterios que prevé la ley 18.516: el 60% serán postulantes inscriptos que vivan en el departamento, otro 35% serán integrantes de la lista proporcionada por los organismos públicos que desarrollen planes de trabajo transitorio en el departamento y 5% será ocupado por personas liberadas registradas en la Bolsa de Trabajo del Patronato Nacional de Encarcelados y Liberados.