GUSTAVO PENADÉS
Se viene haciendo costumbre que los gobiernos recurran a vías oblicuas para la obtención de los objetivos que se proponen. Así, se sortean las dificultades que se presentan, sea que la modificación de la legislación se torne dificultosa o, en otros casos, porque la burocracia se erige en obstáculo insalvable.
En ese sentido dos ejemplos son ilustrativos. Uno, es la utilización de sociedades anónimas por entes estatales para evitar las restricciones impuestas por las normas que rigen la contratación administrativa. Otro es el Plan Ceibal. A efectos de que la propuesta no se viera detenida por la burocracia y los gremios de la enseñanza se confió su ejecución a un organismo paraestatal, absolutamente ajeno a la educación. La misma intención se advierte en la reiterada apelación a las Fuerzas Armadas para que se hagan cargo de situaciones que no se sabe como resolver, o para que incursionen en actividades alejadas de lo que son misiones fundamentales.
El proyecto de ley que se acordó para atender la emergencia carcelaria prevé la posibilidad de que presos comunes sean alojados en dependencias militares, correspondiendo al Ministerio del Interior la guardia interna y la externa a las FFAA. Es comprensible ante la urgencia, pero no debe perderse de vista que suele suceder que, situaciones con vocación de transitoriedad, adquieren carácter permanente. Así, la custodia perimetral de las cárceles, para la que se destinan recursos humanos y materiales no es una misión ni fundamental ni subsidiaria de las Fuerzas. Es recurrente el argumento que sostiene que, ya que las FFAA están ahí y disponen de medios, hay que "hacerlas hacer algo". Si apelar a ellas es lógico a la luz de episodios excepcionales, no lo es cuando la excepción se convierte en regla. Veamos el caso de la custodia de las cárceles. Si el argumento es la carencia de personal idóneo, sería una práctica de buena administración procurar disponer del personal necesario. Si el argumento, en cambio, radicara en la mayor confiabilidad de los militares, el panorama sería más grave que el de la carencia de efectivos, y la revisión de las estructuras del Ministerio del Interior se tornaría aún más imperiosa.
Similar criterio debería usarse a la hora de adoptar decisión sobre algunos proyectos productivos que las FFAA podrían desarrollar. Si los mismos tuvieren relación con sus cometidos fundamentales no merecerían objeción. Más, si los particulares u otro órgano del Estado los pudieran asumir, y, a su vez, el atractivo principal radicara en los proventos a percibir, otra vez estaríamos ante un ejemplo de utilización equivocada de los organismos del Estado, descontando siempre, claro está, la mejor voluntad y vocación de servicio de los proponentes. Nuestro país se dio una Ley Marco de Defensa Nacional cuya ejecución abre instancias de análisis y reflexión en las que los asuntos que abordamos deberán estar presentes. Las Fuerzas Armadas no pueden concebirse como instrumento que supla las carencias de la Administración, sino que, adaptadas a los tiempos, deben dedicar sus esfuerzos a estar preparadas para cumplir la misión fundamental que les está confiada.