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Ley extiende el derecho a cambio de sexo

Identidad. Menos de 10 personas lo habían logrado; ahora más de 3.000 podrán pedirlo

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PILAR BESADA

Con la nueva ley de cambio de sexo se podrán cambiar de género y de nombre al menos unas 3.000 personas travestis o transexuales. Hasta ahora, menos de diez habían podido hacer este cambio, tras varias operaciones y un largo juicio.

Aunque la población de travestis y transexuales en Uruguay no se conoce a exactamente, un censo de 2006 señalaba que existían en Montevideo 1.700 trabajadoras sexuales travestis, y otras 1.000 en el interior. Por tanto, existe una base de 2.700 personas que podrían acceder al cambio de nombre según la presente ley.

Según Gloria Álvez, presidenta de ATUR (Asociación Trans Uruguay), "muchas chicas esperaban esta ley hace tiempo", ya que "cuando van al médico o cuando tienen que hacer un trámite y las llaman por el nombre, muchas se sienten estigmatizadas". Sin embargo Álvez también comentó que a otras no les interesa hacer el cambio.

En tanto, María Paz Gorostizaga, quién se denomina una "chica trans" e integra el colectivo de gays, lesbianas, travestis, transexuales y bisexuales Ovejas Negras, señaló que "casi todas las chicas trans jovencitas quieren cambiarse el nombre", pero advirtió que, para su sorpresa, "a las más mayores no les interesa".

Una alternativa que algunos travestis comenzaron a transitar últimamente es el cambio de nombre por el trámite judicial "por información ad perpetuam", tal como lo realizó la bailarina Abigail Pereira. Este juicio consiste en presentar pruebas y llevar testigos que confirmen que la persona es conocida por un determinado nombre, diferente al que consta en su partida de nacimiento y en su cédula de identidad, y que este nombre se adecua a su realidad psicológica y social. Luego de la sentencia se expide una nueva cédula con el nombre habitual de la persona y, en la parte de observaciones, dice "por información ad perpetuam". El proceso cuesta al menos $ 10.000.

Hace 5 meses, una abogada de Ovejas Negras presentó nueve solicitudes de cambio de nombre ante juzgados de familia. Hasta ahora, tres de ellas tuvieron fallos favorables -como es el caso de María Paz Gorostizaga-, una negativa, y el resto todavía no fueron resueltos.

De todos modos, este proceso, que modifica el nombre en la cédula de identidad, en el pasaporte y en la credencial cívica, no implica que la persona haya cambiado de sexo del punto de vista jurídico.

Este proceso es mucho más complejo, y requería hasta ahora que la persona se hubiera hecho las operaciones de "reasignación de sexo". El primer fallo en este sentido en el país fue de la Suprema Corte de Justicia en 1997. Desde esa sentencia hasta la actualidad, han habido más fallos en el mismo sentido -tanto de pasaje de mujer a hombre como de hombre a mujer- que no llegan a ser más de 10, según el ministro del Tribunal de Apelaciones de Familia, Ricardo Pérez Manrique.

La nueva ley habilita justamente, a que el cambio de nombre y de sexo se haga en las personas que no se sometieron a ninguna operación de cambio de género.

De hecho, la gran mayoría de los travestis no desean hacerse operaciones de cambio de sexo. "No me siento mal como estoy, no me interesa operarme", comentó Gorostizaga, "La mayoría de las chicas trans estamos en contra de las operaciones de cambio de sexo, porque nada nos garantiza que vamos a quedar bien física y psicológicamente", afirmó.

La "reasignación de sexo" consiste de varias intervenciones complejas que se realizan únicamente en el Hospital de Clínicas, tras seguir un largo protocolo que lleva, como mínimo, dos años de psicoterapia, para certificar que la persona cumple con el diagnóstico de transexualismo. En ese equipo trabajan integrantes de las cátedras de cirugía plástica, urología, ginecología, psicología médica, psiquiatría y endocrinología, además de la Asesoría Letrada del hospital. Hasta el momento, se han realizado allí menos de 20 operaciones de este tipo, tanto de reasignación de hombre a mujer como de mujer a hombre.

El transexualismo es una condición diferente al travestismo y es menos común. Para un transexual, la operación de reasignación de sexo es imprescindible, pues se sienten ajenos en el cuerpo en que nacieron. Sebastián, un transexual que se realizó estas operaciones hace cinco años, luego de 12 años de tratamientos en el Hospital de Clínicas, comentó a El País que, antes de las operaciones, verse con su cuerpo era "un sufrimiento de todos los días, a toda hora. La única solución era una intervención quirúrgica", señaló, porque "no se puede tener la mente de una manera y el cuerpo de otra". Sebastián se hizo en total siete operaciones, entre ellas una mastectomía (remoción de los senos), una histerectomía (extracción del útero), una faloplastia (colocación de un pene artificial cubierto con su piel). Luego acudió a la justicia para cambiar de nombre y sexo, lo que le llevó dos años y tuvo una sentencia positiva.

Los cambios en la ley son "discriminatorios"

En la cámara de Diputados, la ley de cambio de sexo y de nombre sufrió varias modificaciones.

Por iniciativa del diputado oficialista Jorge Orrico, y con el apoyo de legisladores nacionalistas, se cambió la disposición de que los menores de edad podían hacer el cambio de nombre y de sexo, y se dispuso que sólo los mayores de 18 estaban habilitados. Por otro lado, se estableció a texto expreso el impedimento de que una persona que realice el trámite pueda contraer matrimonio con alguien de su sexo.

El integrante del colectivo Ovejas Negras, Mauricio Coitiño, consideró que la ley es "discriminatoria". Además, con respecto al límite de edad, estimó que "era una parte elemental de la ley", ya que evitaba que quienes tienen esa condición "deserten del sistema educativo, que es lo sucede en el 99% de los casos", con lo cual se debilita el acceso a puestos laborales y aumenta el riesgo de prostitución. También se suprimió la posibilidad de anular la partida de nacimiento original. La ley debe volver al Senado.

Disonancia durante dos años

El proyecto de ley de identidad de género, al que le falta media sanción del Senado, establece que toda persona "podrá solicitar la adecuación de la mención registral de su nombre, sexo o ambos, cuando los mismos no coincidan con su identidad de género". Para ello deberá presentar una demanda con el informe de un equipo técnico del Registro de Estado Civil especializado en identidad de género. La disonancia entre el nombre y la identidad de género deberán haber persistido por al menos 2 años. El proyecto evita la posibilidad de matrimonio, pero no se pronuncia sobre otras consecuencias jurídicas del cambio de sexo, como la cuota femenina en el armado de listas, o la edad de jubilación.

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